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May
17
  En torno al día mundial de Internet
Por Adriana Moscoso del Prado

Esta semana hemos celebrado el día mundial de las telecomunicaciones y la sociedad de la información, concretamente ayer, 17 de mayo.

Tambien desde el Instituto Autor hemos querido participar en esta celebración, promovida por la Asociación de Usuarios de Internet y acogida por la ONU en 2006.

Para ello, resaltamos, lo primero, algunos datos sobre el grado de implantación y de desarrollo de Internet en España y en el Mundo publicados por la consultora TATUM, como por ejemplo, que España sigue siendo el 7º país europeo en número de usuarios de Internet, con una cuota del 6% y un índice de penetración del 65%. Esa información y mucha más se recoge el en Informe 2012 presentado ayer por esta consultora. 

También ayer se dio a conocer el acuerdo alcanzado entre SGAE y la Asociación de Internautas para abrir una nueva etapa de diálogo y colaboración entre ambas instituciones. Varios medios de prensa se hacen eco de este acuerdo, como El País, El Faro de Vigo o El Períodico de Catalunya (estos últimos en su edición impresa), entre otros, además de las webs de SGAE y de la Asociación de Internautas. Esperemos que este sea el inicio de una gran amistad...ya que tecnología y creación han ido de la mano siempre, desde los principios de nuestra historia, son las dos caras de una misma moneda y no se pueden concebir la una sin la otra.

Un buen ejemplo de esta simbiosis entre creatividad y tecnología se vivió hace unos días en Bruselas, en el Encuentro "Letsgoconnected.eu" de la industrias creativas y digitales de la Unión Europea, organizado por Vivendi, Bertelsmann y NBC Universal, sobre el que publicamos una noticia en nuestra web, también ayer, 17 de mayo, con motivo del día mundial de Internet.

De dicho encuentro me gustaría destacar hoy aquí los discursos de la Vice-Presidenta de la Comisión Europea Neelie Kroes y del Comisario de Mercado Interior, Michel Barnier, sobre todo el de éste último, en el que propugna un "pacto digital" entre ciudadanos y creadores para alcanzar un "equilibrio sencillo" basado, por un lado, en el acceso amplio por parte de los ciudadanos a una oferta variada y de calidad, caracterizada por su "portabilidad transfronteriza", y por otro, en el hecho de que los creadores y los emprendedores de las industrias creativas, inventores de nuevos modelos de acceso a los contenidos, se vean motivados en su trabajo por la garantía de una remuneración justa. Podéis acceder al discurso íntegro de Michel Barnier aquí.    

La Vice-Presidenta de la Comisión Europea, cuyo discurso íntegro podéis ver desde aquí, defendió, por su parte, la necesidad de un "cambio de mentalidad", "para ser creativos y experimentar nuevos modelos e invertir en nuevas oportunidades, incentivando el mercado único" y, cambiando el marco legal existente si ello es necesario.

En relación con esto último, tanto Kroes como Barnier mencionaron la inminiente Directiva sobre Gestión Colectiva y la revisión en 2012 de las Directivas 2001/29/CE y 2004/48/CE.

2012 y 2013 parece que prometen por lo tanto, entretenimiento y...mucho trabajo, lo cual no está nada mal.

Buen fin de semana. 

 

 

 

http://www.tatum.es/publicaciones_consultapublicacion.asp?pmId=573


 
 
 
Apr
27
  Debate en torno al Día Mundial de la Propiedad Intelectual
Por INSTITUTO AUTOR

Recogemos aquí las participaciones que hemos recibido durante toda esta semana, con motivo de la celebración que desde el IA hemos hecho del Día Mundial de la Propiedad Intelectual.

Todos los "post" y comentarios que nos han ido llegando han abordado temas de actualidad en el mundo de los derechos de autor, como los límites del  ACTA y su debate en el seno de la UE;  los derechos de propiedad intelectual de los disc-jockeys; la copia privada y la repercusión del caso Padawan o la responsabilidad de Youtube por los contenidos subidos por sus usuarios.

Además, la OMPI nos ha incluido en su "World IP Day 2012", en el que se muestran todas las actividades que se han producido en el mundo para celebrar el Día Mundial de la Propiedad Intelectual.

Desde aquí podéis acceder a todos los "post" publicados durante toda la semana, así como a los comentarios recibidos para cada uno de ellos:

“Lo sentimos, este vídeo ya no está disponible en YouTube” 

Las repercusiones del caso Padawan

¿Es necesario el ACTA en la Unión Europea?

¿La propiedad intelectual sólo se protege hasta las 3 AM?

World IP Day 2012

Día mundial de la propiedad intelectual

¡Muchas gracias a todos por participar!


 
 
 
Apr
26
  “Lo sentimos, este vídeo ya no está disponible en YouTube”
Por Nathalie Rodilla Bru

GEMA vs. YouTube, Viacom vs. YouTube, Telecinco vs. YouTube… Todos se enfrentan a YouTube, ya sean entidades de gestión, conglomerados mediáticos o cadenas televisivas, ya sea en Alemania, Estados Unidos o España. Quizá el Día Mundial de la Propiedad Intelectual sea una buena ocasión para reflexionar sobre la cuestión.

 

Las sentencias coinciden en que no existe una obligación de supervisión de YouTube de todos los contenidos. Sería desproporcionado, teniendo en cuenta que cada minuto los usuarios suben 60 horas de vídeo. Por ello, las obligaciones de control y retirada nacen en el momento en que YouTube adquiere conocimiento de las infracciones. ¿Pero no puede ser también un poco desproporcionado que entidades de gestión como GEMA, que representa los derechos de autor de más de 64.000 compositores, autores de la letra y editores musicales realicen la tarea de supervisión? Como señala la abogada Cristina Perpiñá en su comentario a la sentencia de Telecinco, “la sentencia traslada toda la carga al perjudicado, exigiéndole una acreditación pormenorizada de los contenidos lesivos, sin que baste una notificación general”.

Cierto, desde algún tiempo existe Content ID, un sistema de filtro que permite identificar determinados contenidos. La herramienta está destinada a los titulares de derechos, que facilitan archivos de referencia que el software usa para detectar coincidencias. Pero de nuevo, la carga se le impone a los titulares, que para bloquear el vídeo u obtener ingresos están obligados a facilitar dicho archivo de referencia. Al menos la sentencia de Hamburgo precisa que, desde la notificación, el programa de filtrado debe ser aplicado por YouTube, que no puede delegar la tarea en GEMA.

Por otra parte, ¿cómo cuantificar los ingresos? Normalmente se hace a través de acuerdos entre las entidades de gestión y YouTube. Pero en Alemania desde que en 2009 finalizara el acuerdo anterior, no se lograba un nuevo compromiso sobre el precio a pagar. La reciente sentencia, pese a o precisamente por reconocer la responsabilidad de YouTube podría desbloquear la situación y lograr que GEMA y YouTube vuelvan a sentarse en la mesa de negociación, como han declarado los portavoces de ambas partes.

No es el primer caso en que las negociaciones con GEMA se retrasan trátandose de los precios a pagar por explotaciones en internet, reflejo de lo complejo que resulta encontrar un equilibrio en este ámbito. Spotify tardó mucho en estar disponible en Alemania y finalmente se lanzó el 12 de marzo de 2012, sin que se hubiese llegado a un acuerdo definitivo con GEMA. Veremos qué pasa con YouTube…


 
 
 
Apr
26
  Las repercusiones del caso Padawan
Por Leonardo de Terlizzi

El 21 octubre de 2010, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaba sentencia en el celebérrimo caso “Padawan vs. SGAE”. Pasados un año y 6 meses, y a raíz del enorme efecto mediático del fallo, cobra especial interés analizar sus efectos a nivel político y legislativo en España, con particular referencia al tema de la copia privada. Para que mis reflexiones resulten más ilustrativas, me propongo desarrollarlas a través de una comparación con nuestros vecinos franceses, que, al igual que en España, introdujeron recientemente una importante reforma en su régimen de compensación equitativa por copia privada.

En Francia, el 20 de diciembre de 2011, fue aprobada la Ley n. 2011/1898 que reforma el Código de Propiedad Intelectual adecuándolo a una reciente Decisión del Consejo de Estado. En ella, a raíz de la sentencia del TJUE en el caso Padawan, se precisó que los equipos, aparatos y soportes de reproducción digital adquiridos con fines profesionales y cuyo uso no permite suponer la realización de copias privadas, no deben ser sometidos al pago de la compensación equitativa por copia privada. La reforma consistió en desarrollar algunos puntos de la normativa tales como los mecanismos de reembolso (extendidos a los soportes adquiridos con fines profesionales), la información al consumidor para sensibilizarlo sobre la importancia de la compensación (tema obviado en España) o la obligación de realizar estudios previos sobre la utilización de soportes y aparatos para establecer las tarifas. En resumidas cuentas, se trata de un perfeccionamiento del sistema, desarrollado a raíz de la influyente jurisprudencia comunitaria (no me refiero solamente el fallo del TJUE en el caso “Padawan”, sino también al del caso “Thuiskopie vs. Opus”). Sin embargo, en Francia no se tuvo en consideración la posibilidad de reemplazar el sistema de compensación vigente con otro basado en una asignación a cargo del presupuesto nacional.

En España, las cosas se hicieron de forma diferente. El mismo mes, pero el día 30, el Gobierno aprobó el Reglamento de Desarrollo de la Disposición Final segunda de la Ley Sostenible, mejor conocido como Ley Sinde. Cabe decir que la medida fue adoptada en un contexto en el que el erróneamente apodado “canon digital” era frecuentemente objeto de debate, utilizado a menudo de forma impropia debido al desconocimiento de un tema tan técnico. La presión política y de algunos lobbies para eliminar la compensación era enorme. El resultado fue el que conocemos: en el Real Decreto 20/2011, que contiene la disciplina en materia de copia privada, se optó por eliminar el gravamen sobre aparatos, soportes y equipos idóneos a reproducir contenidos, sustituyéndolo por un pago a cargo de los Presupuestos Generales del Estado. Con respecto a la cuantía de la compensación, el Real Decreto no dio indicación alguna, salvo decir que se fijaría en un proyecto de ley, a elaborar en un plazo de dos meses tras consultar a las partes interesadas. La solución es sorprendente: aduciendo como motivo de la reforma la arbitrariedad o el modo indiscriminado de actuación del sistema anterior, la Ley extiende el círculo de deudores de la compensación a todos los contribuyentes, con total independencia de la utilización de los materiales de reproducción. Otros motivos de polémica derivan del dudoso encaje del sistema elegido por el legislador español (e inspirado en el modelo noruego) en el marco de la normativa comunitaria.

En conclusión, el nuevo sistema de compensación, a la espera de los desarrollos normativos imprescindibles para su puesta en marcha efectiva, no parece ser el fruto de un ponderado equilibrio entre los intereses en juego y los derechos de autor, sino un ejemplo paradigmático del peso, a la hora de legislar, de los intereses económicos de ciertos lobbies y de parte de la opinión pública, que no parece estar sensibilizada sobre la urgente necesidad de preservar los derechos de autor.
 


 
 
 
Apr
26
  ¿Es necesario el ACTA en la Unión Europea?
Por Leire Gutiérrez Vázquez

El 1 de octubre de 2011 fue aprobado finalmente el Acuerdo Comercial contra la Falsificación, también conocido como ACTA.  La Unión Europea, como parte negociante del acuerdo, estuvo presente durante toda la ronda de negociaciones que comenzaron en Ginebra en junio de 2008. El 26 de enero de 2012, finalmente la Unión Europea y 22 de sus Estados miembros (entre ellos España) firmaron el ACTA.

Sin embargo, ante las dudas sobre la legalidad del acuerdo, la Comisión Europea ha recurrido al Tribunal de Justicia de la UE (en adelante, TJUE) para que emitiese un dictamen sobre la compatibilidad del Tratado con los derechos y libertadas de la Carta Europea de Derechos Fundamentales, como la libertad de expresión e información (artículo 11), la protección de datos personales (artículo 8) y la Propiedad Intelectual (artículo 17).

Por lo tanto, ¿Es compatible el ACTA con los Tratados Europeos, en particular con la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea?.

El marco normativo establecido por ACTA tendrá un impacto positivo en la protección de las industrias europeas, no solo porque fomenta la cooperación internacional entre los Estados, sino porque propone la creación de medidas y procedimientos que les permitirán establecer mecanismos más eficaces para hacer frente a las infracciones contra la Propiedad Intelectual. La protección de los derechos de autor es fundamental para el crecimiento económico de la Unión Europea, ya que en la actualidad la industria del entretenimiento europea representa el 5% del Producto Interior Bruto (PIB).

El 12 de junio el Parlamento Europeo deberá emitir el voto con el que decidirá si aprueba o rechaza el ACTA. Tendremos que esperar a junio para ver qué pasa.

 


 
 
 
Apr
25
  ¿La propiedad intelectual sólo se protege hasta las 3 AM?
Por Álvaro Díez Alfonso

Según el art. 10. b) de la Ley de Propiedad Intelectual, se considera que son objeto de protección por la vía del derecho de autor las composiciones musicales. No obstante, ¿en la práctica se protegen todas las composiciones musicales?

Los disc-jockeys son agentes de la industria musical que cada fin de semana son capaces de llenar salas con espectadores hasta altas horas de la madrugada, que buscan escuchar una sesión o set, elaborada a través de las mezclas de canciones de baile.

Parece que nadie se ha acordado de ellos hasta ahora sobre el plano normativo para regular cuestiones específicas relacionadas con su trabajo. Pero el río empieza a sonar, y resulta que el Gobierno ha aprobado recientemente un proyecto de Real Decreto para regular el título de formación profesional de Técnico en Vídeo Disc-Jockey y Sonido. Algo es algo, aunque tenga que venir justificado por la necesidad del Estado de incentivar y acelerar el desarrollo de una economía más competitiva, más innovadora, capaz de renovar los sectores productivos tradicionales, y abrirse camino hacia las nuevas actividades demandantes de empleo, estables y de calidad, según la redacción del preámbulo de dicho proyecto, basada en la Ley de Economía Sostenible.

Entonces, si incluso el Gobierno ha llegado a ver algo interesante en los disc-jockeys como agentes dinamizadores de la economía española, ¿por qué no continuar estructurando este sector?, ¿por qué no dotarle de protección en el ámbito de la propiedad intelectual? Quizá podría pensarse que la actividad del disc-jockey es original, teniendo en cuenta la originalidad en la selección de la música empleada, y la originalidad en la disposición de la música seleccionada a través de las mezclas que crea (ambos conceptos regulados en el art. 12 de la Ley de Propiedad Intelectual).

Por otro lado, haciendo un llamamiento al sector de los disc-jockeys, probablemente fuese necesario que dicha estructuración se abordase en paralelo desde los propios interesados, siendo los mismos disc-jockeys quienes deberían agruparse bajo un ente representativo de su industria, para después solicitar la gestión de un derecho de autor a su favor, entre otras muchas medidas. 

Álvaro Díez Alfonso
25 de Abril de 2012 

 


 
 
 
Apr
23
  Día mundial de la Propiedad Intelectual
Por Leire Gutiérrez Vázquez

El Instituto Autor se sumará el próximo 26 de abril a la celebración del Día Mundial de la Propiedad Intelectual, que promueve la OMPI.

Por este motivo, el Instituto Autor ha querido contribuir con la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual en su "WORLD IP DAY 2012", en el que se señalan las actividades que tendrán lugar durante esta semana relacionadas con la Propiedad Intelectual desarrolladas por diferentes organizaciones por todo el mundo.

También hemos publicado nuestra iniciativa en el Facebook de la OMPI


 
 
 
Apr
23
  Día mundial de la propiedad intelectual
Por Adriana Moscoso del Prado

El Instituto Autor se sumará el próximo 26 de abril a la celebración del Día Mundial de la Propiedad Intelectual, que promueve la OMPI.

Para ello vamos a preparar un programa especial. Durante todo el día, nuestro blog estará abierto a los testimonios que queráis dejar. También en el blog, iremos publicando las noticias, vídeos y eventos que se vayan sucediendo en todo el mundo, con motivo de tal celebración.

Creemos que es una estupenda ocasión para debatir y aportar ideas y esperamos contar con la participación de mucha gente. ¡Ah! y no hace falta que esperéis al jueves, podéis empezar ya a dejar vuestros comentarios y todo aquello que queráis compartir con nosotros!

 Para empezar, os mostramos este vídeo sobre la creación que aparece publicado en la web de SAA. A ver qué os parece.


 
 
 
Apr
13
  Gestión Colectiva en Europa
Por Adriana Moscoso del Prado

Esta semana queremos informaros de una iniciativa conjunta emprendida por las entidades de gestión de derechos europeas con la finalidad de dar a conocer su actividad y el papel relevante que juegan en la protección de los derechos de los creadores. 

La plataforma se ha creado con el objetivo de estimular el debate en torno a la gestión colectiva en Europa, en un momento en el que la Comisión Europea está trabajando en una propuesta de directiva sobre Gestión Colectiva que espera tener lista para antes del verano y en la que se abordarán cuestiones relativas al licenciamiento transfonterizo de los repertorios, así como a la gobernaza y la transparencia de las entidades. 

Otro de los fines de la plataforma es poder explicar al público el papel que las entidades de gestión europeas juegan en el sector de las industrias culturales, permitiendo que los creadores puedan vivir de su trabajo, facilitando a los usuarios el acceso a los contenidos creativos necesarios para desarrollar sus negocios y preservando al mismo tiempo la diversidad cultural, verdadero factor diferencial de la cultura europea.

La plataforma authorsocieties.eu ha sido creada por 34 entidades de gestión de derechos de autor europeas, compartiendo desde una perspectiva común el trabajo diario que cada una de ellas lleva a cabo y los objetivos comunes que persiguen.  

Authorsocieties.eu se actualizará día a día con noticias procedentes de las entidades presentes en los 27 países de la UE, incluyendo también información sobre premios, eventos culturales, estudios (como el recientemente publicado sobre copia privada por Compass Lexecon y sobre el que publicamos una noticia hace unos días) acuerdos alcanzados entre los autores y la industria, desarrollos tecnológicos, cambios legislativos, etc. 

 

 


 
 
 
Apr
4
  Presupuestos Generales del Estado 2012. Cine y copia privada
Por Adriana Moscoso del Prado

Tras el anuncio del pasado viernes 30 de marzo, ayer, 3 de abril, conocimos el detalle de los recortes en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 que propone el Gobierno de España.

Aunque hay partidas, como la Investigación y el Desarrollo que sufren recortes todavía mayores, las políticas dependientes del Ministerio de Educación y Cultura se reducen en un 21,2 %, con respecto a los presupuestos del año pasado. 

Según informa la Agencia EFE, la política cultural recibirá este año 937,40 millones de euros, un 15,1 % menos que en 2011. Ello supone además una inversión en cultura de 460 millones menos con respecto al año 2008, según informa EL MUNDO.

También hemos sabido que de todos los recortes aplicados en Cultura, como anuncia El Pais, el cine es el que se lleva la peor parte, pasando a recibir 71,06 millones de euros, frente a los 106,5 millones de dotación presupuestaria recibidos el año pasado, lo que supone una reducción del 33 %.

Ante un panorama como el actual, se hace, no ya necesario sino más bien inevitable para el sector del cine, buscar vías alternativas a su financiación, orientadas a la internacionalización por vía de la coproducción y los programas y fondos de ayuda internacionales (como MEDIA o IBERMEDIA) o la búsqueda de financiación privada, entre otras. Algunas de estas vías alternativas ya se apuntan en la Guía Legal de la Financiación del Cine en España que el IA publicó el año pasado. Con motivo de dicha publicación, entrevistamos en su día a Tina Olivares, autora y productora de su primer film. Rescatamos aquí el vídeo de dicha entrevista, ya que no puede estar de más actualidad.

Pero esto no es lo único que llama nuestra atención de los presupuestos generales. Tambien nos asalta una duda ¿donde está recogida la partida que, según el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, debía destinarse a la compensación equitativa por copia privada? Por más que buscamos, no la localizamos, al menos en la sección dedicada al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Si esto es así, ¿qué ha de ocurrir a continuación? ¿habrá que esperar a los presupuestos de 2013? ¿se incluirá en tramitación parlamentaria? Esto se produce, precisamente, la misma semana en que conocemos que el Mediador para la Copia Privada en la UE, el ex-comisario Antonio Vitorino, ha relanzado el diálogo entre las partes implicadas para la armonización a nivel europeo de la legislación en materia de compensación equitativa por copia privada. Al menos, en Bruselas, algo se mueve en relación con este asunto. 

 

 


 
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