Silvia Pascua Vicente.Derechos de PI/Jurisprudencia
El 26 de mayo de 2021, el Tribunal Federal de Apelación (Federal Court of Appeal),resolvió respecto de la vigencia de la orden de bloqueo por la cual se requería que terceros bloquearan el acceso al servicio de puesta a disposición de contenido protegido a través del GoldTV.
Comoinformó el Instituto Autor, en 2019, un Tribunal Federal de Canadá (Federal Court) emitió la primera orden de bloqueo contra páginas web que ponían a disposición del público contenido protegido de forma ilícita, así como bloquear, por parte del proveedor del servicios de Internet (ISP) Teksavvy, el acceso a los nombres de dominio y direcciones IP del servicio de Televisión por Protocolo de Internet (IPTV) de GoldTV.
Esta decisión fue recurrida por Teksavvy, ante el Tribunal Federal de Apelación, considerando que la orden de bloqueo debía ser analizado por la Comisión de Radio, Televisión y Telecomunicaciones (Canadian Radio – televisión and Telecommunications Comissions – CRTC) y no por el Tribunal Federal de Canadá, así mismo, también señalan que la orden fue desproporcionada y contraria a la libertad de expresión.
Por su parte, el Tribunal Federal de Apelación, analizó en primer lugar, la competencia por parte del Tribunal Federal de emitir una orden de bloqueo. En este sentido, el tribunal señala que el artículo 4 de la Ley de Tribunales Federales (Federal Courts Act), establece que se trata de un “tribunal de equidad”, mientras que el artículo 44 establece que podrá dictarse una orden judicial “en todos los casos en los que el tribunal considere justo o conveniente hacerlo”.
Además, añade que la interpretación de la subsección 34 (1) de la Ley de Derechos de Autor (Copyrght Act), incluye como uno de los recursos contemplados para abordar la infracción de los derechos de autor, entre otras, la posibilidad de establecer medidas cautelares. Por ello, el tribunal rechaza los argumentos expuestos por Teksavvy, respecto de que de las secciones 41.25 a 41.27 de la Ley de Derechos Autor, que permite a los propietarios de derechos emitir avisos de infracción a los ISP, se interpreta como que se no permite interponer una orden de bloqueo.
Así mismo, se añade que la jurisprudencia ha determinado la adopción de medidas cautelares, no especificadas directamente en la normativa y que se han dirigido contra terceros que no han sido acusados de una infracción. Por tanto, señala que las posibles decisiones adoptadas en la subsección 34 (1) de los derechos de autor incluye una orden de bloqueo de una página web que incluye contenido infractor.
Además, añade que la redacción general del artículo 36 de la Ley de Telecomunicaciones (Telecommunications Act) establece que debe producirse una neutralidad en la red y por tanto los ISP “no controlarán el contenido ni influirán en el significado o propósito de las telecomunicaciones que ponen a disposición del público”, siendo necesaria la aprobación del CRTC. Sin embargo, el tribunal señala, que esto no impide que un tribunal dicte una orden de bloqueo, ya que “cumplir con un mandato judicial ordenado por un tribunal no equivale a controlar o influir”. Entendiendo que, el Tribunal Federal puede ordenar a un ISP el bloqueo de una página web infractora.
Posteriormente, el tribunal se refiere a si se ha producido una vulneración de la libertad de expresión. En este sentido, se establece que el funcionamiento y las actividades de desarrolladas por los ISP “no son expresivas y, por tanto, no comprometen la libertad de expresión”.
Por último, respecto a la proporcionalidad de la medida, el tribunal determina que se cumplen los requisitos establecidos en la normativa para poder solicitar una orden de bloqueo, es decir, que los solicitantes demuestren el daño y este sea irreparable, así como que la medida establezca un equilibro entre las partes afectadas.
Finalmente, el tribunal dictamina que no se produjo ningún error en el razonamiento efectuado en primera instancia y que, por tanto, la orden fue justa y equitativa.
Cabe señalar, comoinformó el Instituto Autor, que en agosto de 2020, titulares de derechos de diferentes sectores culturales, presentaron un informe, para la defensa de los derechos de autor y a favor de los bloqueos ordenados por el Tribunal Federal de Canadá a diferentes ISP que vulneraban los derechos de propiedad intelectual en Internet.
Fuentes: Cour d’appel fédérale (Teksavvy Solutions Inc. v Bell Media Inc), Norton Rose Fulbright (Site unseen: Federal Court of Appeal upholds new injunctive remedy), Instituto Autor (Canadá: Un Tribunal Federal ordena a los ISPs que operan en el país bloquear el acceso a un servicio de IPTV,Canadá: Los titulares de derechos presentan un informa para defender los derechos de propiedad intelectual en Internet).