Dinamarca: Novedades sobre las órdenes de bloqueo de los tribunales para la protección de las obras y prestaciones protegidas en Internet.

  • 20 May, 2020
  • Leire Gutierrez Vázquez
DinamarcaOrden de Bloqueo

Leire Gutiérrez Vázquez 

En los últimos meses, los tribunales daneses se han pronunciado sobre la protección de las obras y prestaciones protegidas en Internet, bloqueando las páginas o servicios que vulneraban los derechos de propiedad intelectual, a través de la reproducción y la puesta a disposición al público de las obras y prestaciones sin autorización de los titulares de los derechos. A tal efecto, el art.2 de la Ley de derechos de autor y derechos conexos de Dinamarca establece que los autores tiene el derecho exclusivo de autorizar la reproducción y la puesta disposición del público, ya sea en forma original o modificada, en traducción, adaptación a otra forma literaria o artística.

En caso de incumplimiento, la ley danesa contempla penas de prisión y multas para las personas que vulneren los derechos, que podrían agravarse en cuando se desarrollen determinadas circunstancias. A continuación, reflejamos un breve análisis de los casos más recientes acaecidos en el país.

Tribunal de Distrito de Nykoebing

En el mes de abril 2020, el Tribunal de primera Instancia de Nykoebing condenó a una usuaria por poner a disposición del público obra literarias a través de un servicio de almacenamiento digital (Dropbox). Según informan desde de la Rights Alliance (Rettighedsalliancen), una organización dedicada a la protección de los derechos de propiedad intelectual en Internet, tras realizar un seguimiento rutinario de detección de páginas web que vulneran los derechos de propiedad intelectual, localizaron un anuncio en la página web Den Blå Avis, el servicio de compra y venta más grande de Dinamarca, donde por una taifa de 16,09 euros (20 coronas danesas) se ponía a disposición de los usuarios 115 copias digitales de libros de varias editoriales – Gyldendal, Lindhardt y Ringhof – y de la Universidad del Sur de Dinamarca.

Con la asistencia de la policía local se procedió a la eliminación del anuncio y a la identificación de la usuaria vendedora. A la luz de lo anterior, el Tribunal le condenó a 20 días de prisión con suspensión de la pena – tras llegar a un acuerdo con la demandada – y a la retención de los beneficios económicos obtenidos como consecuencia de la venta ilícita de las obras literarias.

Como informó el Instituto Autor, el 9 de octubre de 2019 el Tribunal de primera instancia de Frederiksberg dictó un fallo similar al citado anteriormente, en el que se condenaba a un usuario al pago de una multa de 3.700,23 euros (27.640 coronas) y a 20 días de prisión con suspensión de la pena, también impulsado por la Rights Alliance, por reproducir y poner a disposición del público libros electrónicos de forma ilegal.

Tribunal de Distrito de Holbæk

El 27 de abril 2020, el Tribunal de primera instancia de Holbæk ordenó el bloqueo de una página de stream-ripping, que permitía convertir el audio de los videos musicales de YouTube en formato mp3. La acción también ha sido incoada por la Right Alliance. En su defensa, el demandado argumentó que su página web no vulneraba los derechos de autor, al señalar que era una herramienta para que los usuarios “capturasen” audio y video de YouTube. En respuesta, la Right Alliance respondió que YouTube tiene integrada tecnología que le permite bloquear la descarga no autorizada de su contenido por parte de los usuarios, siendo tal herramienta un medio técnico para saltarse tal protección.

Por su parte, el tribunal ordenó al proveedor de servicios de Internet (ISP) Fibia bloquear el acceso a la página de stream-ripping, al constatar “una vulneración de los derechos exclusivos del titular de los derechos, al poner a disposición de un público nuevo las obras protegidas mediante un nuevo método técnico para su comunicación al público”. Además del bloqueo, la orden establece la obligación de abonar las cosas a la Rights Alliance.

Bloqueo de 141 páginas web en 2019

En los últimos 10 años Dinamarca ha impulsado medidas para la protección de los derechos de propiedad intelectual en Internet, que se ha visto materializadas a través de acuerdos voluntarios celebrados entre los ISPs para bloquear páginas que estuviesen vulnerando los derechos de autor, o a través de la reforma legislativa del año 2014, que incluyó circunstancias agravantes (art.76) en las penas (pudiendo incrementarse a prisión en un año y 6 meses), para quienes vulnerasen los derechos de autor cometiendo delitos comerciales, o con la puesta a disposición al público de las obras y prestaciones protegidas en Internet.

Las acciones y medidas implementadas se ven reflejadas en el informe publicado por Rights Alliance, que señala que en el año 2019 los ISPs locales bloquearon un total de 141 páginas web que vulneraron los derechos de propiedad intelectual. Los datos del informe reflejan que, en comparación con el ejercicio de 2018, las visitas a estas páginas disminuyeron un 40% en 2019.

A pesar de los datos positivos, el informe pone de manifiesto que el mercado está cambiando de forma rápida y de forma descentralizada, haciendo que exista contenido ilícito en proveedores de servicios de contenido legales como Facebook o YouTube. En este sentido, destacan la importancia del art.17 de la Directiva (UE) 2019/790 sobre los derechos de autor en el mercado único digital, que les obligará a celebrar acuerdos de licencia “justos y adecuados” para cubrir los actos de explotación que se realicen dentro de sus servicio, no pudiendo amparar su actividad en la exención de responsabilidad prevista en el art.14 de la Directiva 2000/31/CE de comercio electrónico.

 

Fuentes: Rights Alliance (RettighedsAlliancens årsrapport for 2019 viser vigtige gennembrud og succesfulde blokeringer, Årsrapport 2019), KULTURMINISTER (Consolidated Act on Copyright 2014). Complete Music Update (Danish courts block stream-ripping site Yout.com despite it employing the “but we don’t copy anything” defence), DOUE (Directiva (UE) 2019/790 sobre los derechos de autor en el mercado único digital, Directiva 2000/31/CE de comercio electrónico).

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