Leire Gutiérrez Vázquez.Derechos PI/Jurisprudencia
El 27 de abril de 2020, el Tribunal Supremo de Estados Unidos (Supreme Court of the United States), se hapronunciado sobre la protección por el derecho de autor de los compendios sobre la legislación de un Estado. En particular, el litigio se ha producido como consecuencia de la publicación del “Código Oficial de Georgia Anotado” (Official Code Of Geordia Annotated – OCGA).
Como dispone el fallo, el compendio OCGA fue elaborado por una Comisión de Revisión del Código (Code Revision Comission), en el que se incluye toda la legislación del Estado de Georgia que se encuentra en vigor en el momento de la publicación, así como un conjunto de anotaciones – resúmenes de opiniones judiciales, resúmenes de opiniones del Fiscal General del Estado, y una lista de artículos de revisión de leyes y otras materias de referencia – no vinculantes que aparecen debajo de cada disposición legal. En la edición objeto de litigio, las anotaciones fueron publicadas por una división de LexisNexis Group, previo encargo del Estado de Georgia, a quien por contrato le cedió en exclusiva el derecho de distribución del OCGA. El demandado, una entidad sin ánimo de lucro que facilitaba el acceso a materiales legales, puso a disposición del público online y distribuyó varias copias del OCGA a varias organizaciones y funcionarios de Georgia.
Como consecuencia de lo anterior, la Comisión solicitó al demandado el cese y retirada del OCGA mediante carta. Tras no ver resueltas sus peticiones, en el año 2015 el Estado de Georgia interpuso una demanda ante el Tribunal de Distrito para el Distrito Norte de Georgia (District Court for the Northern District of Georgia) por infracción delart.106 (3) y (4) del Título 17 del Código de Estados Unidos (Title 17 of the United States Code). El demandado contestó a la demanda señalando que el OCGA contenía la legislación del Estado de Georgia, y que debían ser de acceso libre para todos los ciudadanos. El 23 de marzo 2017, el Tribunal de Distrito falló a favor del Estado de Georgia, señalando que el demandado no probó que hubiese realizado un “uso justo” (fair use).
Posteriormente, el 18 de octubre de 2018, el Tribunal de Apelación para el Undécimo Circuito (United States Court of Appeals for the Eleventh Circuit)anuló por unanimidad la sentencia dictada en primera instancia, considerando que el “OCGA “debía ser material de dominio público” y que las anotaciones estaban focalizadas a “explicar y establecer el efecto de las leyes del Estado de Georgia”. Tanto el demandante como el demandado interpusieron un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
En su análisis del asunto, el Tribunal Supremo recuerda que el art.102 del Título 17 del Código de Estados Unidos confiere al autor el monopolio sobre sus creaciones originales. Sin embargo, puntualiza que existe una limitación en la protección de los derechos de autor para las obras creadas por funcionarios con facultades legislativas y judiciales que se conoce como la “doctrina de edictos del gobierno” (government edicts doctrine). Sobre este particular, la doctrina establece tales funcionarios no pueden tener los derechos de autor sobre las obras que crean en el ejercicio de sus funciones oficiales, tales como leyes o fallos judiciales.
El fallo del Tribunal Supremo señala que las anotaciones del OCGA no están protegidas por el derecho de autor, pero añade, que por criterios distintos a los estipulados en la sentencia dictada en apelación. En este sentido, señala que, bajo la doctrina de los edictos del gobierno, al igual que los jueces, los legisladores no pueden ser considerados como “autores” de las obras que desarrollan en el ejercicio de sus funciones.
Para fundamentar su decisión, el Tribunal recurre a varios pronunciamientos judiciales que han sentado jurisprudencia en relación al asunto objeto de litigio. En el asunto Callaghan v. Myers, el tribunal determinó que los trabajos preparatorios de los jueces no pueden están amparados bajo la protección del derecho de autor, en línea con el desarrollo de “los materiales explicativos” (asunto Banks v. Manchester) que son creados por los jueces en el ejercicio de sus funciones de cara a sus pronunciamientos judiciales.
En relación a la originalidad y la protección de las anotaciones, el Tribunal Supremo recuerda que el art.101 del Título 17 del Código de Estados Unidos incluye a las anotaciones como obras protegidas por el derecho de autor cuando sean originales. Sin embargo, en el caso de que sean anotaciones de jueces y legisladores, no pueden actuar como autores, cuando sus obras se desarrollen en el marco de su actividad oficial, no siendo permitido tampoco su registro en la Oficina de Derecho de Autor de Estados Unidos (U.S. Copyright Office). En el caso en análisis, el Tribunal señala que la versión gratuita solo disponía de la legislación, mientras la versión de pago ofrecía las anotaciones. En opinión del juez, proteger tales anotaciones implicaría una discriminación entre ciudadanos por razones económicas, ya que solo podrían acceder aquellos con solvencia económica.
Para concluir, el fallo determina que la clave está en la autoría. En el caso de que el autor de la obra sea un juez o un legislador, y lo realice en el curso de sus deberes judiciales o legislativos, tales obras no estarán protegidas por el derecho de autor, en consonancia con los precedentes jurisprudenciales ya citados.
En España, al igual que ocurre en Estados Unidos, el art.13 de la Texto Refundido de la Ley de Propiedad intelectual excluye de la protección del derecho de autor a las disposiciones legales o reglamentarias y sus correspondientes proyectos, las resoluciones de los órganos jurisdiccionales y los actos, acuerdos, deliberaciones y dictámenes de los organismos públicos, así como las traducciones de todos los textos anteriores. Esta excepción del derecho español se basa en el interés público, en aras de que tales textos alcancen la máxima difusión posible.
Fuentes: GEORGIA ET AL. v. PUBLIC.RESOURCE.ORG, INC.,Supreme Court of the United States (No. 18–1150, Argued December 2, 2019—Decided April 27, 2020).