Leire Gutiérrez Vázquez Derechos PI/Jurisprudencia
El Tribunal Supremo de Estados Unidos (Suprem Court of the United States) se ha pronunciado sobre la puesta a disposición al público de cinco videos y una fotografía del metraje sobre el rescate en 1998 del buque Queen Anne’s Revenge. Elfallo, con fecha 23 de marzo de 2020, confirma que las obras objeto de litigio formaban parte del archivo público del Estado de Carolina del Norte (demandado), al amparo de lo establecido en elart. 121-25 (b) de la Ley de Historia y Archivo de Carolina del Norte (North Carolina Archives and History Act), eximiendo al estado de responsabilidad.
Los hechos del caso se remontan a 1996, fecha en la que una compañía de salvamento marítimo halló los restos del buque Queen Anne’s Revenge del pirata conocido como “Barbanegra”, en aguas de California del Norte. Para documentar el descubrimiento, requirió los servicios del camarógrafo demandante, que, durante 10 años, realizó fotos y videos de distintos elementos del buque, y los registró en la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos (U.S. Copyright Office). En el año 2013, tras detectar que el demandado había utilizado sus obras sin autorización, llegó a un acuerdo y recibió una compensación de 13.800 euros (15.000 dólares). Posteriormente, este publicó un boletín en el que puso a disposición del público una foto y cinco videos sin autorización del demandante, vulnerando sus derechos de propiedad intelectual.
Comoinformó el Instituto Autor, el 10 de julio de 2019 el Tribunal de Apelación del Cuarto Circuito (United States Court of Appeals for the Fourth Circuit) rechazó sus pretensiones. En particular, determinó que los videos, fotografías, y demás materiales de carácter documental formaban parte del archivo público del Estado de Carolina del Norte al amparo de los regulado en la art.121-25 (b) de la Ley de Historia y Archivo de Carolina del Norte, y que prevé la inclusión en el mismo de todas las fotografías, grabaciones de vídeo y otros materiales de carácter documental de buques abandonados, naufragios y/o de su contenido.
En relación a lo anterior, el Tribunal Supremo recuerda que la Undécima Enmienda a la Constitución de EEUU, ratificada en 1795, establece que ningún estado de los Estados Unidos – que “no lo consienta” – podrá ser parte en una causa judicial incoada por ciudadanos de otro Estado o por ciudadanos de otro Estado extranjero. A pesar de lo anterior, en 1980, la Oficina de Derechos de Oficina de Derechos de Autor (U.S. Copyright Office) llevó a cabo unestudio sobre esta materia, que derivó en la promulgación de la Ley de Aclaración de los Derechos de Autor (Copyright Remedy Clarification Act – CRCA) por el Congreso, permitiendo a los estados ser demandados por infracción de derechos de autor. A pesar de lo anterior, el Tribunal Supremo tiene dudas sobre si el Congreso tenía la potestad de hacer ese cambio tan sustancial en la Constitución de los Estados Unidos.
Por su parte, el demandante considera que el Congreso es el único con la capacidad “soberana” para establecer que las demandas por infracción de derechos de autor sigan su curso, en aras de proteger los derechos exclusivos de los titulares frente a los usos no autorizados por parte de una administración pública, en este caso, el Estado de California del Norte. Así mismo, defiende que, en otros asuntos, como los casos de “quiebra”, se incoan acciones contra los estados, lo cual se podría aplicar al caso analizado. A este efecto, el Tribunal Supremo determina que son los propios estados quienes han aceptado someterse ante un tribunal federal dada la gravedad del tema, y opina en el fallo que no puede aplicarse tal situación a las infracciones de los derechos de autor.
El Tribunal Supremo también cita el art.5 de la Decimocuarta enmienda de la Constitución de Estados Unidos, para señalar que sus disposiciones permiten incoar acciones contra un estado cuando exista una privación de derechos y libertades fundamentales. En este sentido, el fallo dispone que los derechos de autor “son un tipo de propiedad” y que la Decimocuarta enmienda “prohíbe a los estados privar a una persona de bienes sin el debido proceso legal”. Como se citó anteriormente, para paliar el vacío legal que deslegitimaba a los titulares de los derechos para iniciar un procedimiento ante un tribunal federal contra una administración pública por infracción de los derechos de autor, el informe elaborado por la Oficina de Derechos de Autor concluyó que “los titulares de los derechos de autor han demostrado que sufrirán un daño inmediato si no pueden demandar a los estados infractores en un tribunal federal»
El fallo señala que la promulgación de la CRCA es contraria al art.5 de la Decimocuarta enmienda, ya que “proporciona un remedio uniforme para la infracción legal, en vez de reparar o prevenir una conducta inconstitucional”, lo que añade, no obsta parta que el Congreso apruebe una ley que revierta la situación en el futuro. Por todo ello, el Tribunal Supremo confirma el fallo dictado en apelación.
Para terminar, el Tribunal Supremo defiende que la Constitución de los Estados Unidos faculta al Congreso a “promover el progreso de la Ciencia y las Artes”, asegurando a los autores e inventores el derecho exclusivo por el tiempo que determina la ley, siendo los estados del país quienes defiendan “el deber específico de no infringir lo que está asignado por ley y de lo que depende de los derechos individuales”. A este efecto, opina que es razonable que el titular de un derecho de propiedad intelectual acuda a los tribunales para defender sus derechos. Es por ello, que el Tribunal Supremo reclama que el Congreso tiene que “esforzarse en aprobar una Ley más específica” que la CRCA, y reforzar la protección de los titulares de los derechos de autor en este sentido.
Dada la trascendencia del fallo, la Recording Industry Association of América (RIAA), asociación que representa los intereses de los productores de fonogramas en Estados Unidos, se hanpersonado en la causa como parte interesada presentando un amicus curiae ante el Tribunal Supremo. Concretamente, la RIAA señala que la invalidación de la CRCA causaría un grave perjuicio a los derechos exclusivos de los titulares de los derechos de autor, ya que se les privaría de un mecanismo jurídico para defender sus obras y prestaciones protegidas, frente a las vulneraciones por parte de las administraciones públicas y/o los ciudadanos que trabajen en ellas.
Fuentes: Suprem Court of the United States, Syllabus ALLEN ET AL. v. COOPER, GOVERNOR OF NORTH CAROLINA, ET AL (No. 18–877. Argued November 5, 2019—Decided March 23, 2020), Tribunal Supremo de EEUU (petición de RIAA como parte interesada demandante, petición demandado), Sentencia de la United States Court of Appeals for the Fourth Circuit (caso nº No. 17-1522, Frederick l. Allen; Nautilus Productions, LLC y otros vs. North Carolina Department of Natural and Cultural Resources; State of North Carolina), Instituto Autor (El TS de EEUU analizará la inmunidad de la Administración pública ante la vulneración de derechos de propiedad intelectual), Copyright Office,Copyright Liability of States and the Eleventh Amendment 103 (1988) (Oman Report).