Leire Gutiérrez Vázquez. Derechos PI/Jurisprudencia
En el mes de noviembre, los juzgados centrales de lo contencioso administrativo se han pronunciado sobre la vulneración de los derechos de propiedad intelectual en Internet. En particular, se han cerrado dos páginas web: librosgeniales.com y radikal-gamez.net. A continuación, publicamos un resumen de cada uno de los autos emitidos.
Librosgeniales.com
El 3 de noviembre de 2020, el juzgado central de lo contencioso administrativo nº.11 (auto n.º 34/2020) interpuso una medida cautelarísima contra la página web librosgeniales.com, por incumplimiento de la obligación legal de información general dispuesta en el art.10 de la Ley 34/2002, de 11 julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
La medida cautelarísima fue solicitada por el Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO) ante la Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual. Como señala el auto, el Informe de Actuaciones Previas de Comprobación, constató que el servicio ofrecía “sin autorización previa de los titulares de derechos de propiedad intelectual correspondientes, la descarga de las 68 obras (libros) objeto del muestreo aleatorio realizado sobre el conjunto de los 42.037 archivos contenidos en el listado”.
El auto determina que varios motores de búsqueda, como Google, podrían resultar afectados por la presente resolución, ya que a través de sus buscadores se facilitaba el acceso a las obras puestas a disposición del público sin autorización.
Sobre el ánimo de lucro, el auto dispone que “los reclamos publicitarios que aparecen en la página de www.librosgeniales.com así como los reclamos de suscripción VIP, previo pago de una cantidad monetaria a través de la plataforma paypal, que aparecen en la página de www.librosgeniales.com son otros indicios de la concurrencia de ánimo de lucro y de la actividad económica del citado prestador de servicios de la sociedad de la información”.
Radikal-gamez-net
El 11 de noviembre de 2020, el Juzgado central de lo contencioso administrativo nº.3 (auto n.º 36/2020) ordenó una media cautelarísima contra la página web www.radikal-gamez.net, por incumplimiento de la obligación legal de información general prevista en el art.10 de la Ley 34/2002, de 11 julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. La Asociación Española de Videojuegos (AEVI) fue la impulsora del procedimiento ante la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual.
Para ello, el auto del juzgado señala que se realizará un requerimiento para solicitar la colaboración de los proveedores de servicios de acceso a Internet más relevantes “como proveedores de servicios de intermediación de acceso a Internet que permiten a sus clientes acceder a prestaciones protegidas puestas a disposición del público en Internet por un tercero”. En el caso en particular, el servicio ponía a disposición del público 150 obras protegidas a través de enlaces de descarga.
Sobre el ánimo de lucro, queda demostrado en el auto que los usuarios realizaban aportaciones a través de PayPal a la página web para que continuase realizando su actividad.
Fuentes: Sentencia del 3 de noviembre del Juzgado central de lo contencioso administrativo nº.11 (auto n.º 34/2020), Sentencia del 11 de noviembre del Juzgado central de lo contencioso administrativo nº.3 (auto n.º 36/2020).