¿Bajo qué condiciones se pueden reproducir, distribuir y comunicar públicamente discursos, conferencias, alocuciones, etc…sin autorización? (art. 33.2 TRLPI). (art.35 TRLPI).
Siempre que:
Se hayan pronunciado en públicoSe realicen con el fin exclusivo de informar sobre la actualidad. Quede reservado al autor el derecho a publicar en colección tales obras.
El segundo requisito no es necesario para los discursos pronunciados en sesiones parlamentarias o de empresas públicas.