¿Qué comprende el derecho de transformación de una obra?
El derecho de transformación de una obra es la facultad del autor de explotarla autorizando la creación de obras derivadas de ella: adaptaciones, extractos, arreglos musicales compilaciones (Art.21 TRLPI) etc. La obra originaria (preexistente) permanece inalterada en su individualidad. A ella viene a añadirse, como consecuencia de la transformación, una nueva obra: la obra derivada.
La obra derivada no debe confundirse con la obra original.