Por el contrato de coedición musical, el autor de la obra musical o sus derechohabientes ceden a dos o más editores, mediante compensación económica, el derecho de reproducir su obra, de distribuirla y de comunicarla públicamente. Es una práctica utilizada por los editores para compartir los gastos de edición. Al igual que en el caso del contrato de edición musical, es práctica habitual del mercado que los coeditores sean también cesionarios del derecho de transformación sobre la obra musical.
Por el contrato de sub-edición musical, el editor originario transmite a otros editores las obligaciones por él asumidas frente al autor de la obra musical en el contrato de edición, a cambio de una compensación económica. Es una práctica utilizada por los editores que no tienen los medios suficientes para adentrarse en determinados mercados.