Lucía Espinosa. Derechos PI/Jurisprudencia
El 20 de mayo de 2021, el Tribunal Superior de Delhi en Nueva Delhi (The High Court of Delhi at New Delhi) sepronunció sobre la responsabilidad de los usuarios del servicio de mensajería WhatsApp por la reproducción y puesta a disposición una obra audiovisual sin la correspondiente autorización por parte de los titulares de los derechos de propiedad intelectual.
Como señalan los hechos del fallo, Zee Entretainment (demandante), licenciatario en exclusiva y titular de los derechos de explotación de la obra audiovisual (reproducción, distribución, puesta a disposición del público) descubrió que se estaban efectuando varias copias, sin autorización, de una obra audiovisual recientemente estrenada, que posteriormente eran puestas a disposición del público en varios servicios de proveedores de contenidos, entre los que se encontraba WhatsApp (demandado). El demandante declaró que intentó comunicarse con el demandado a través de diversos canales de contacto, sin embargo, no se obtuvo ninguna respuesta por parte de la compañía, por ello, interpuso una demanda.
En ese sentido, el Tribunal en base a la sección 51 (a) (i) de la ley de derechos de autor de India(Section 51 (a) (i) in the Copyright Act, 1957) ordenó la suspensión de las cuentas de los demandados por vulneración de los derechos de autor y determinó que cuando al demandado le proporcione evidencia de que otro usuario de WhatsApp esté vulnerando los derechos de autor al poner a disposición del públicos copias de la obra audiovisual, deberá suspender las cuentas en un plazo máximo de 24 horas.
Asimismo, el tribunal otorgó una orden judicial que impide a los restantes demandados almacenar, reproducir, comunicar, difundir, copiar, vender u ofrecer copias de la obra audiovisual, tanto a través de WhatsApp como de cualquier otro medio.
Por último, cabe destacar que anteriormente varios tribunales se han pronunciado respecto a la distribución y puest a disposición de contenido protegido a través del servicio de mensajería Telegram. Comoinformó el Instituto Autor, el Tribunal del distrito central de Israel ordenó a Telegram a bloquear el acceso a películas, programas de televisión y música, puestos a disposición de forma ilícita. Por otro lado, en España e Italia también se procedió a bloquear varios canales de su servicio por infracción a los derechos de autor, en este caso, por la puesta a disposición del público de forma ilícita, de libros y publicaciones periódicas, como periódicos y revistas, tal como tambiéninformó el Instituto Autor.
Fuentes: The High Court of Delhi at New Delhi (Fallo), ABC (Cuidado con las cosas que compartes por Whatsapp, pueden cerrarte la cuenta), Instituto Autor (Israel: Un tribunal ordena bloquear el acceso ilícito a obras protegidas a través de un servicio de mensajería instantánea;España/Italia: Un servicio de mensajería suspende el acceso a varios canales que ponían a disposición del público libros y publicaciones periódicas).