Italia: El Ministerio de Cultura presenta un proyecto de ley para la transposición de la Directiva 2019/790 sobre los derechos de autor y afines en el mercado único digital
Silvia Pascua Vicente.
El 5 de agosto de 2021, el Ministerio de Cultura de Italia (Ministero della Cultura) informó sobre la presentación de un proyecto de ley para la transposición de la Directiva 2019/790, de 19 de abril de 2021, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital, aprobada el 26 de marzo el 2019 por el Parlamento Europeo.
En primer lugar, cabe señalar que la fecha de transposición finalizó el 7 de junio, posteriormente el 26 de julio de 2021, la Comisión Europea remitió una carta a los Estados miembros que aun no habían transpuesto la directiva, entre los que se incluye Italia y España, solicitando información sobre cómo se está promulgando la directiva en sus normativas nacionales, como informó el Instituto Autor.
Según lo dispuesto en el comunicado de prensa, la Directiva tiene como objeto moderniza el marco jurídico de la Unión Europea sobre derechos de autor, adaptándolo al entorno digital contemporáneo y asegurando un alto nivel de protección de los derechos de autor y afines.
En este sentido, entre los puntos más relevantes de la transposición destaca la incorporación en la legislación italiana del artículo 17 (uso de contenido en línea por parte de prestadores de servicios para compartir contenidos en línea) de la Directiva 2019/790, al respecto, establecen que los proveedores de contenido cuanto otorgan acceso al público a obras protegidas incorporadas por los usuarios, tienen la obligación de obtener la autorización de los titulares de los derechos.
Así mismo, tal y como informó el Instituto Autor, la Directiva introduce en el artículo 15 (Protección de las publicaciones de prensa en lo relativo a los usos en línea) un nuevo derecho conexo en favor de los editores de prensa, para el uso en línea de sus publicaciones por parte de los servicios de la sociedad de la información. Por su parte, el legislador italiano establece un derecho de remuneración a los editores de prensa, así mismo incluye la obligación de información por parte de los prestadores de servicios online, que deberán poner a disposición del interesado cualquier dato que determine el alcance de una justa remuneración.
En relación con lo anterior, la Autoridad de Garantías de Comunicación (Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni – AGCOM) será la entidad encargada de establecer un reglamento para identificar los criterios para determinar la compensación justa y supervisará el cumplimiento de la obligación de información y en caso de falta de comunicación aplicará una sanción administrativa de hasta el 1% de la facturación.
Por otro lado, el comunicado de prensa también destaca la transposición del artículo 19, sobre la obligación de transparencia, señalando que los autores, artistas intérpretes o ejecutantes deben poder obtener información completa y actualizada de forma periódica sobre la explotación de sus obras de los sujetos a los que han otorgado licencia o cedido los derechos. Al respecto, añaden que la falta de comunicación de la información implica de una sanción administrativa.
Por último, la transposición de la Directiva incluye un mecanismo de ajuste contractual. En este sentido, los autores y artistas intérpretes o ejecutantes podrán reclamar una remuneración inicialmente acordada cuando es desproporcionadamente baja en comparación con los ingresos generados por la explotación de sus obras, así como la posibilidad de revocar una licencia exclusiva para la explotación de los derechos relativos de una obra en caso de no explotación.
Finalmente, cabe señalar que el proyecto de ley ha sido trasladado al Parlamento para su transposición y posteriormente regresará al Consejo de ministros para su aprobación final.
Fuentes: Ministerio della Cultura (Copyright, Franceschini: Italia adotta direttiva UE su diritto d’autore), Instituto Autor (El Parlamento Europeo aprueba la Directiva de Derechos de Autor en el Mercado Único Digital; Unión Europea: La Comisión Europea remite una carta a los Estados miembros para que transponga la Directiva 2019/790/UE y Directiva 2019/789/UE).