Amanda Suárez Magallanes Derecho de la competencia /UE
El pasado 26 de octubre, la Comisión Europea (CE) publicó unanota de prensa en la cual se aprobaba la operación de compra de acciones de EMI Music Publishing (EMI) por parte deSony Corporation of America (SONY), determinando que no afectará a la competitividad del mercado.Como ya informó el Instituto Autor, IMPALA (Independent Music Publishers and Labels Association), organización sin ánimo de lucro formada por sellos musicales independientes y asociaciones comerciales nacionales, presentó una queja ante la Comisión Europea (CE) para que procediese a investigar y determinase si la transacción de compra de acciones afectaba negativamente al mercado. No se trata de la primera vez que las operaciones de compra entre compañías de la industria musical son llevadas a revisión ante la Comisión Europea, ejemplo de ello es el caso de la fusión entre las divisiones fonográficas de las compañías EMI-Universal,objeto de análisis por parte del Instituto de Autor.
La CE ha determinado que el control y propiedad exclusivos de la editorial EMI por parte de Sony, no dará lugar a problemas de competencia, ya que “no aumentará el poder de mercado de Sony con respecto a las plataformas en línea”. Además, tras su investigación, ha concluido que, antes de realizarse la transacción, Sony ya ostentaba el control conjunto de Emi, por tanto la compra del total de las acciones por parte de la filial americana de la compañía japonesa, no supondría cambio alguno y no derivaría en un aumento en la cuota de participación en el mercado por parte de Sony, pues ambas compañías estaban ya activas antes de plantearse la transacción.
La CE centró por tanto su investigación en determinar si Mubadala —fondo de inversiones estatal del emirato de Abu Dabi— coartaba la capacidad de Sony para influir sobre el mercado de la música grabada o los derechos editoriales antes de la adquisición y si, de haber existido tal restricción y tras suprimirse con la fusión, tendría algún impacto en el mercado.
Además de lo anterior, en cuanto a la prestación de servicios como editoriales, la CE afirmó que EMI y Sony nunca habían competido por la firma de nuevos autores desde la gestión de EMI por parte de Sony en 2012, y por lo tanto, no afectaría a este sector del mercado musical. En cuanto a la explotación de derechos de autor offline (no en línea), se determinó que no afectaría a la competitividad del mercado, ya que Sony ya gestionaba las licencias de EMI. Por lo que se refiere a la “explotación de los derechos de publicación para uso online (en línea)”, la Comisión concluyó que en este ámbito la transacción tampoco daría lugar a desigualdades en el mercado.
Por último, la CE investigó si la fusión aumentaría el poder de negociación de Sony con las licencias a plataformas online, y determinó que, por controlar Sony un amplio repertorio musical (mayor del que sumaban SonyATV y EMI), la transacción no aumentaría trascendentalmente el poder de negociación. Asimismo, la Comisión consideró que los autores podrían abandonar la compañía si se rebajase el valor de los derechos de las editoriales en favor de la productora (división de grabación) de Sony, no cambiando la posición relevante de este y no afectando a la competencia en el mercado.
IMPALA ya se ha pronunciado al respecto mediante unanota de prensa, donde afirma que esta decisión “va en contra de los propios precedentes del regulador” y recuerda que en 2012 “las desinversiones eran necesarias para que Sony se convirtiera en un accionista minoritario”. En su opinión, la decisión supone que Sony se convertiría en la compañía más poderosa del mercado musical y con ello, aglutinaría el control de gran parte del mercado musical.
Fuentes:Comisión Europea,IMPALA,Digital Music News