Silvia Pascua Vicente.Derechos PI/Jurisprudencia
El 21 de mayo de 2021, un Tribunal de la Haya (Rechtbank Den Haag) seha pronunciado respecto de la responsabilidad del administrador y los usuarios de una página web en la cual se permitía el acceso a contenido protegido sin la correspondiente autorización por parte de sus titulares.
Como recogen los hechos del fallo, BREIN, organismo autorizado para llevar a cabo reclamaciones por la infracción de los derechos de propiedad intelectual en los Países Bajos, presentó, en nombre de sus miembros y asociados, una demandada solicitando el cese de la infracción de los derechos de propiedad intelectual por la reproducción y puesta a disposición de contenido protegido, sin autorización, parte de los administradores y usuarios (demandados) de una página web ilícita.
Según lo dispuesto en la sentencia, tras un registro previo, que debía ser aprobado por el administrador, los usuarios incluían en los servidores de la página web películas, música, libros, etc. de forma ilícita, que posteriormente los archivos eran compartidos a través de enlaces incluidos en el foro de la página web. Además, los usuarios podían abonar una cuota que le permitía el acceso a contenido más reciente, así como adquirir la categoría de “miembro VIP”.
Por otro lado, el tribunal analiza de forma individualizada la participación de cada uno de los demandados en la página web. En este sentido, establece que uno de ellos, además de incluir el contenido protegido, también actuaba como administrador, ya que era el encargado de permitir el acceso y la gestión de la página web.
Además, el tribunal se refiere a las sentencia del TJUEC-527/15 (Stiching Brein) yC-160/15 (GS Media), ambos asuntos analizados por el Instituto Autor, y en los cuales el tribunal determinó que la puesta a disposición de contenido protegido a través de hipervínculos constituye un nuevo acto de comunicación pública en el sentido delart.3 (1) de la Directiva 2001/29 de los derechos de autor y derechos afines en la sociedad de la información.
Así mismo, establece que, en el hecho de realizar copias no autorizadas de las obras, los demandados realizan una intervención a través de la cual se produce un nuevo público al cual se permite el acceso a las obras, así como su descarga, sin el permiso de sus titulares.
Por último, la sentencia recoge que se trata de una infracción de los derechos de propiedad intelectual deliberada a gran escala, destacando la relevancia del papel del administrador ya que, sin la puesta a disposición del foro y la gestión, realizada por él, se dificultaría el intercambio de las obras. Además, señala que de la jurisprudencia del TJUE se desprende que, cualquier acto por el cual un administrador de foro proporciona a sus usuarios acceso deliberado a obras protegidas puede constituir un “acto consistente en una comunicación”.
El tribunal justifica la orden en el daño significativo e irreparable que se produce a los derechos de autor, así como el riesgo de que los demandados continúen actuando de forma anónima en otras páginas web. Por todo ello, ordena el cese de cualquier actividad ilícita que permita la puesta a disposición y reproducción no autorizada del contenido protegido, por parte de los demandados, así como el pago de una multa de 2000€ por cada día de incumplimiento de la orden.
Cabe señalar, que durante el año 2019, BREIN llevó a cabo un total de 596 investigaciones de infracciones de derechos de propiedad intelectual, dando lugar a la eliminación de numerosas páginas web, servicios ilícitos de descarga y streaming, así como el bloqueo servidores proxy/espejos, direcciones IP y DNS, comoinformó el Instituto Autor.
Fuentes: IE- Forum (Forum met auteursrechtelijk beschermde werken moet inbreuk staken), BREIN (Illegale site met leden ontdekt en opgerold), Instituto Autor (Sentencia del TJUE sobre comunicación pública y la implicación de los proveedores de acceso;Resumen y comentario del caso GS Media;Países Bajos: Stichting Brein publica su informa anual destacando un bloqueo de 564 proveedores de contenido ilícitos en el año 2019).