Países Bajos: Un tribunal se pronuncia sobre la puesta a disposición al público contenido protegido no autorizado
Andrea Hernández Bermúdez.
El 24 de marzo de 2022, el Tribunal de Primera Instancia de Róterdam (Rechtbank Rotterdam- Tribunal) se pronunció sobre el bloqueo de varias páginas web que ponían a disposición del público contenido protegido sin autorización de los titulares de derechos. En el asunto que enfrenta, por un lado, a la Fundación BREIN (STICHTING BREIN– BREIN) (demandante), y, por otro lado, a un proveedor y operador de acceso a internet (demandado).
Como recogen los hechos del fallo, BREIN reclamó que, a través del protocolo BitTorrent, el demandado, permitía el acceso a contenido protegido, no autorizado, puesto a disposición del público en varias páginas web, por lo que BREIN solicitó que se ordenara al demandado la interrupción y suspensión de los servicios que se utilizan para infringir los derechos de propiedad intelectual, mediante el bloqueo del acceso a las páginas web; así como instruir que se bloquee el acceso, en caso de que las páginas web utilicen direcciones IP y/o (sub)nombres de dominio diferentes y/o adicionales y que tengan el mismo o casi idéntico contenido y un carácter evidentemente infractor.
Cabe señalar que, en octubre de 2021, BREIN informó de la firma de un Pacto de bloqueo de páginas web, junto con diferentes proveedores de internet, entre los que se incluye el demandado, con el objeto de bloquear las páginas web con contenido protegido que infringe los derechos de propiedad intelectual, después de que así sea determinado por una decisión judicial en un proceso iniciado por BREIN.
En relación con lo anterior, como recoge la sentencia, BREIN solicitó el bloqueo de las páginas web en base a lo dispuesto en el art. 26.d) de la Ley de Derechos de Autor de Países Bajos (Auteurswet) y el art.15 de la Ley de Derechos Conexos (Wet op de naburige rechten) el cual establece que los tribunales pueden, previa solicitud, ordenar a los intermediarios el bloqueo de las páginas web que pongan a disposición del público contenido protegido sin autorización.
A continuación, según se indica en la sentencia, en cumplimiento de dicho Pacto, BREIN notificó al proveedor y operador de acceso a internet de su intención de interponer la demanda y la cual confirmó que, en caso que así se indicara en sede judicial, cumpliría voluntariamente con la condena.
En este mismo sentido, el tribunal indicó que las medidas de bloqueo han demostrado ser medidas efectivas ya que suponen, para el usuario promedio, que dichas páginas web ya no son accesibles y tiene un efecto desalentador entre los usuarios que buscan acceder a obras protegidas infringiendo los derechos de propiedad intelectual. Al respecto, el tribunal tiene en cuenta la jurisprudencia relacionada con The Pirate Bay, objeto de varios pronunciamientos judiciales en Europa y Latinoamérica como informó el Instituto Autor, entre ellos las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), asunto C-314/12, (UPC Telekabel Wien / Constantin Film) y asunto C-610/15, (BREIN/Ziggo y XS4ALL).
Finalmente, el tribunal ordenó la suspensión y desconexión de los servicios, bloqueando el acceso a las páginas web y cualquier otro (sub) nombre de dominio y dirección de Protocolo de Internet (dirección de IP), así como las páginas web espejo. En España, como informó el Instituto Autor, el Ministerio de Cultura y Deporte creó el Protocolo para el refuerzo de la Protección de los Derechos de Propiedad Intelectual, por medio del cual se mejoró la eficacia de las resoluciones judiciales y administrativas sobre las páginas web espejo, que permiten eludir órdenes de bloqueo previas al utilizar otros dominios o subdominios.
Como informó el Instituto Autor, en julio de 2021, BREIN publicó en su informe anual “Jaaverslag 2020” en el cual se señaló que, durante el año 2020, completaron un total de 479 investigaciones y eliminaron 466 páginas web que infringían los derechos de propiedad intelectual y se bloquearon 258 servidores proxy/espejos, direcciones IP y nombres de domino (Domain Name System – DNS).
Fuentes: Tribunal Róterdam (Sentencia 24 de marzo de 2022, C/10/632316 / KG ZA 22-56); BREIN (Acerca de BREIN), (Acuerdo entre ISO y titulares de derechos de autor para bloquear sitios web con contenido ilegal tras sentencia judicial), Overheid.nl (Ley de derechos de autor-Auteurswet; Ley de Derechos Conexos- Wet op de naburige rechten), Instituto Autor (Un Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo autoriza el bloqueo de más de 60 páginas web vinculadas a ThePirateBay; España: El Ministerio de Cultura y Deporte informa del bloqueo de varias páginas web por la puesta a disposición al público de contenido no autorizado; Países Bajos: Stichting Brein publica el informe anual sobre los bloqueos de contenido ilícito durante el año 2020), Tribunal de Justicia de la Unión Europea (asunto C-314/12, asunto C-610/15), Ministerio de Cultura y Deporte (Rodríguez Uribes: “Una correcta protección de los derechos de los creadores es una garantía fundamental para poder continuar disfrutando de un ecosistema cultural rico e innovador”).