El 19 de febrero de 2019 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha determinado que la venta de libros electrónicos de segunda mano constituye un acto de comunicación al público, para el cual será necesario el consentimiento del autor, no existiendo agotamiento del derecho de distribución. El asunto C-263/18 enfrenta a las asociaciones NUV y GAU (demandantes) contra Tom Kabinet Uitgerverij (demandado) un servicio en línea de libros electrónicos de segunda mano que comercializa libros a través de lo que denomina como “club de lectura”.