EE.UU.: El Subcomité de Propiedad Intelectual del Senado analiza la protección de los derechos de propiedad intelectual en relación con la inteligencia artificial

  • 8 Sep, 2023
  • Leire Gutierrez Vázquez
EE. UU.Inteligencia ArtificialPropiedad Intelectual

Leire Gutiérrez Vázquez.

En el mes de julio, el Subcomité de Propiedad Intelectual del Comité Judicial del Senado (Senate Judiciary Committee’s Subcommittee on Intellectual Property) celebró una reunión para debatir sobre problemas y soluciones relacionados con los derechos de autor y la inteligencia artificial. En particular, los miembros del Subcomité de Propiedad Intelectual se centraron en las implicaciones legales, comerciales y técnicas de la utilización por parte de las herramientas de inteligencia artificial de obras y prestaciones protegidas por el derecho de autor.

Como parte del sistema legislativo de Estados Únicos, el Subcomité de Propiedad Intelectual se encarga de abordar cuestiones relacionadas con la propiedad intelectual, incluyendo asuntos de derechos de autor, patentes, marcas registradas y otros aspectos legales relacionados con la propiedad intelectual. Es por ello, que durante la reunión analizaron si el Título 17 del Código de Estados Unidos (U.S Code) – que regula la protección de los derechos de propiedad intelectual – dispone de mecanismos jurídicos eficaces para hacer frente a las preocupaciones de la comunidad creativa.

Exclusión voluntaria

Uno de los temas más analizados durante la reunión fue el de la “exclusión voluntaria” o “opt-out”, que permite a los titulares de los derechos de autor prohibir que sus obras sean utilizadas o “ingeridas” por herramientas de inteligencia artificial. Este mecanismo cada vez es más habitual en estos sistemas, en respuesta a las legitimas demandas de titulares de derechos que han visto como sus pobras y prestaciones protegidas formaban parte de las respuestas de estas herramientas. Recientemente el Instituto Autor analizó la demanda colectiva interpuesta por dos autores contra Chat GPT por mostrar extractos de sus obras en su herramienta.

La regulación de derechos de autor de Estados Unidos establece que los usuarios deben solicitar al titular de los derechos autorización para poder utilizar su obra, a menos que existe una excepción relevante que evite la solicitud de tal permiso, lo que se conoce como “fair use” o “uso justo”. La norma es clara al determinar que debe ser el usuario y no al revés, el que debe pedir permiso. Con este tipo de exclusiones, se estaría trasladando a los autores la carga de determinar quién y como se está utilizando su obra protegida, y rechazar aquellos usos que no autoricen.

En este sentido, el Subcomité de Propiedad Intelectual concluyó que este tipo de exclusiones resultan “ineficientes”, dado que además de trasladar al titular la carga de excluir el uso de la obra, en contra de lo que determina la norma, estas herramientas no disponen de mecanismos de notificación que permitan a los titulares de derechos actuar rápido, sino solo en el caso en que este tenga conocimiento de la utilización y “excluyan” su uso. Así mismo, el Subcomité determinó que existe una importante falta de transparencia por parte de los desarrolladores de las inteligencias artificiales.

Licenciamiento para la utilización de obras

Durante la reunión del Subcomité, varios senadores abordaron la viabilidad de un licenciamiento masivo de obras para que puedan ser utilizadas por las herramientas de inteligencia artificial. A tal efecto, debatieron que ya existen licencias en este sentido en las distintas industrias culturales. Sobre la cuestión muchos senadores debatieron si el precedente en la industria de la música y sus acuerdos de licencia con proveedores de transmisión digital podrían informar cómo debería verse la licencia de la inteligencia artificial de obras protegidas por derechos de autor y quienes deberían participar. Finalmente, sobre este asunto la conclusión principal fue que “el consentimiento es clave y que a los artistas no se les debe robar su elección de permitir que sus obras se utilicen para la generación de respuestas de las herramientas de inteligencia artificial».

Uso justo

Otro tema objeto de debate fue si el uso justo es una defensa aplicable a la utilización no autorizada de contenidos protegidos por el derecho de autor para entrenar sistemas generativos de Inteligencia Artificial.

Medidas tecnológicas

Durante la reunión varios expertos señalaron que las herramientas tecnológicas, como puede ser el “etiquetado de metadatos”, podrían servir como mecanismos para que los autores puedan localizar donde son utilizadas sus obras y prohibir su “ingesta” por parte de las herramientas generativas de inteligencia artificial. Este debate surgió entorno a la pregunta de como pueden los titulares de los derechos hacer valer de forma significativa sus derechos frente a los usos no autorizados de las herramientas. Sin embargo, en el mismo debate se remarcó que hay autores y/o artistas que no tiene conocimientos tecnológicos a ese nivel como para implementar metadatos, y que en cuyo caso, esos sistemas o filtros pueden ser evadidos “de forma fácil”.

 

Fuentes: Subcommittee on Intellectual Property (Artificial Intelligence and Intellectual Property – Part II: Copyright), Insituto Autor (EE.UU.: Deamanda colectiva contra una empresa de inteligencia artificial por infracción masiva de derechos de autor de obras literarias).

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