EE.UU.: La Copyright Alliance realiza un recopilatorio de las principales decisiones judiciales adoptadas en el sector audiovisual
Silvia Pascua Vicente.
En agosto de 2023, la Copyright Alliance – entidad que representan los intereses de los autores y organizaciones de derechos de autor – publicó un recopilatorio de los principales asuntos judiciales asociados al sector audiovisual. Al respecto, la entidad ha diferenciados entre aquellas cuestiones vinculadas, por un lado, a los derechos de propiedad intelectual, por otro lado, la aplicación del “uso justo” (fair use) y, por último, los asuntos centrados en el autor de las obras.
Derechos de propiedad intelectual
En primer lugar, la Copyright Alliance señala que hay dos requisitos generales para que se produzca una infracción de los derechos de propiedad intelectual, por un lado, la titularidad por parte del demandante de un derecho de autor válido y, por otro lado, una reproducción no autorizada de elementos significativos de la obra, es decir hay apropiación indebida.
En relación con la reproducción no autorizada, el tribunal tiene en cuenta si ha habido un acceso previo a la obra por parte del demandado y si se trata de una creación independiente. En particular, se refiere al asunto Price v. Fox Entertainment Group, Inc.. que enfrentaba, por un lado, a los guionistas de “Dodgeball: The Movie” (demandantes) y, por otro lado, a los guionistas de la obra audiovisual “Dodgeball: A True Underdog Story” (demandados). En el asunto que aquí se analiza, el tribunal determinó que, a pesar de haber identificado algunos elementos como reproducciones no autorizadas, esas similitudes por si solas no eran suficientes ya que había diferencias sustanciales entre ambas películas.
En lo que respecta a la apropiación indebida, el tribunal analiza si las similitudes entre las obras equivalen a una infracción procesable, tanto cualitativa como cuantitativamente. Continúan señalando que según lo dispuesto en el art.902.c del Código de los Estados Unidos (Copyright Code U.S.), no se protegen las “ideas, procedimientos, procesos, sistema, método de operación, conceptos, principios,…”, cuestiones que son tan fundamentales para contar historias particulares que todos los autores deben tener acceso ilimitado.
En este punto, la Copyright Alliance se refiere al asunto Nichols v. Universal Pictures Corp, en relación a la reproducción de una estructura argumental. El tribunal de apelación sostuvo que los personajes y tramas comunes entre las obras eran demasiado genéricos para ser protegidos.
Otro de los requisitos que se debe cumplir para que haya infracción es que se trate de una cantidad significante. En este sentido, como informa la Copyright Alliance, los tribunales aplican la excepción de minimis cuando la comunicación al público de obras protegidas se realiza de forma accesoria, de fondo o en escenas aisladas. Al respecto, los tribunales consideran factores como la prominencia de la obra protegida, la importancia de la escena, el tiempo frente a la pantalla. En este sentido, el tribunal ha rechazado la infracción de los derechos de propiedad intelectual porque la obra infringida aparecía en un segundo plano y de forma parcial (Gottlieb Development LLC v. Paramount Pictures Corp) o por aparecer con poca iluminación, a gran distancia y en periodos breves (Sandoval contra New Line Cinema Corp.).
Uso justo (fair use)
En relación con el uso justo, se regula en el art.107 del Título 17 del Código de los Estados Unidos (Title 17 U.S. Code Copyright), debiendo cumplirse cuatro factores para su aplicación: (1) propósito y carácter de uso, incluso si dicho uso es de naturaleza comercial o tienes fines educativos sin ánimo de lucro; (2) la naturaleza de la obra protegida por el derecho de autor; (3) la sustanciabilidadad de la parte utilizada en relación con la totalidad de obra protegida por el derecho de autor; y (4) el efecto del uso en el mercado potencia o el valor de la obra protegida por el derecho de autor.
En lo que respecta al “propósito y carácter del uso de la obra”, la entidad destaca el asunto Campbell v. Acuff- Rose Music Inc, donde el tribunal analizó si el trabajo secundario es “transformador”, es decir, “si agrega algo nuevo, con otro fin o carácter diferente, alterando el primero con una nueva expresión, significado o mensaje, en lugar de simplemente remplazar el trabajo original o si expande la utilidad del original trabajar”.
Así mismo, una de las decisiones más recientes, y analizadas por el Instituto Autor, en la que se aborda la aplicación del fair use corresponde con el asunto Andy Warhol Foundation v. Goldsmith, donde el tribunal aborda la presunta reproducción no autorizada de una obra fotográfica con la cara del cantante Prince, concluyendo que no es aplicable el uso justo al considerar que ambas obras tenían el mismo propósito y había un uso comercial sobre las fotografías.
Autoría de la obra audiovisual
En este punto, la Copyright Alliance destaca el asunto Burrow-Giles Lithographic CO. V. Sarony, el cual se refiere a la reproducción sin autorización de varias fotografías, al respecto el demandado alegó que la ampliación de la protección de los derechos de autor a las fotografías era inconstitucional porque “una fotografía no es un escrito ni la producción de un autor”, sino que es creada por una cámara. El Tribunal Supremo discrepó, sosteniendo que las fotografías estén sujetas a derechos de autor, “en la medida en que son representantes de concepciones intelectuales originales del autor”, así mismo definió el concepto de autor como “aquel a quien algo debe su origen; originador; hacedor; el que completa una obra de ciencia o literatura”.
Otro de los asuntos más destacados, es el caso Aalmuhammed v. Lee en el que un cineasta y experto en la figura de Malcolm X, interpuso una demanda y solicitó ante la Oficina de Derecho de Autor (Copyright Office U.S.) que se le reconociera como coautor de una obra audiovisual en la que aparecía identificado como “Consultor Técnico”. En este punto, el tribunal señaló que una “obra colectiva” se define como “un trabajo preparado por dos o más autores con la intención de que sus contribuciones se funden en una creación única y autónoma, sin que sea posible atribuir separadamente a cualquiera de las partes”. Finalmente, el tribunal determinó que no era una obra colectiva ya que el demandante carecía de control creativo para ser considerado como “la mente maestra” de la obra.
Fuentes: Copyright Alliance (Movie Copyright Cases Filmmakers Should Know: Part 1, Infringement Cases; Movie Copyright Cases Filmmakers Should Know: Part 2, Movie Fair Use Cases; Movie Copyright Cases Filmmakers Should Know: Part 3, Copyright Authorship), Instituto Autor (EE.UU.: El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la reproducción no autorizada de una fotografía en una obra plástica).