EE.UU.: Un tribunal de apelación se pronuncia sobre la protección de una idea por el derecho de autor
Leire Gutiérrez Vázquez.
En el mes de enero, el Tribunal de Apelación del Noveno Circuito de Estados Unidos (United States Court of Appeals for the Ninth Circuit) se pronunció (núm. D.C. 2:18-cv-03775-MTL) sobre la protección por el derecho de autor de una idea en relación con la creación de una universidad tecnológica en línea. El asunto enfrenta por un lado como demandante-apelante a un Profesor en la Escuela de Negocios Barney de la Universidad de Hartford, y, por otro lado como demandado-apelado a un empresario cofundador de la empresa Apple Inc.
Como señalan los hechos del asunto, en el año 2010 las partes se intercambiaron varios correos sobre la creación de una universidad tecnológica en línea, y durante los dos años posteriores desarrollaron acciones como la creación de una web, logotipos, imágenes, para poner en marcha la idea. Posteriormente, el demandante tuvo conocimiento de que el demandado había celebrado un acuerdo comercial con Southern Careers Institute, Inc. para desarrollar “Woz U”. Como consecuencia de lo anterior, el demandante reclamó el pago de una cantidad para compensar “el supuesto uso de su idea”, que fue rechazada por el demandado y se iniciaron las acciones legales en los tribunales del país.
En primera instancia, el Tribunal de Distrito de Arizona (United States District Court for the District of Arizona) otorgó un juicio sumario – el tribunal decide el asunto antes de que llegue a juicio al no haber dudas sobre los hechos, es más ágil y se reducen los costes- a favor del demandado, al no negar el demandante “que hubiese revelado su idea al demandado para venderla”, y concluyó que no había incumplimiento de contrato. Posteriormente, en el mes de junio de 2021 un jurado determinó que el demandante no había demostrado la comisión de un delito por parte del demandado.
Ya en apelación, el tribunal procede a examinar los dos recursos presentados por el demandante. En primer lugar, analiza el recurso en el que el demandante reclama que el demandado ha realizado un incumplimiento de “contrato implícito”, al vender la idea sin abonarle la remuneración reclamada. Al respecto, el tribunal argumenta que, siguiendo la jurisprudencia sobre asuntos relacionados “ningún contrato puede ser implícito cuando una idea ha sido revelada no para obtener compensación por esa idea, sino con el único propósito de inducir al demandado a entrar en una futura relación comercial«. Por lo tanto, añade que el tribunal de distrito no se equivocó al otorgar el fallo sumario porque no había disputa en cuanto al hecho de que el demandante ofreció su idea al demandado para su venta.
En segundo lugar, el Tribunal de apelación resuelve un recurso en relación con el pago de una cantidad por la “supuesta transmisión de su idea al demandado”, en relación con el art.301 del Título 17 del Código de Estados Unidos (U.S Copyright Code). A tal efecto, dispone que “un elemento esencial de una reclamación por dinero recibido es que el demandado recibió algo que, bajo los principios de justicia y equidad debería pagar”. Así mismo, añade que la reclamación del demandante en este sentido sólo podría basarse en que el demandado “utilizó indebidamente materiales tangibles que incorporaban sus ideas”. El fallo del tribunal de apelación recuerda que las ideas no son objeto de protección por el derecho de autor, a menos que estén plasmadas o estén fijadas en un soporte tangible.
Para dilucidar el segundo recurso de apelación existe un conflicto en si es de aplicación la ley federal o la Ley estatal, en relación con la obligación del pago por parte del demandante (Ley federal o Ley de derechos de autor). La prevención (preempted) tiene lugar en el sistema legal de Estados Unidos cuando para un supuesto concreto una autoridad o ley superior tiene prioridad sobre una autoridad o ley inferior, lo que invalida o hace inaplicable a esta última. Este principio se utiliza a menudo para describir cómo las leyes federales en Estados Unidos pueden prevenir o anular las leyes estatales cuando existe un conflicto entre ambas. Legalmente estas situaciones se resuelven a través de la prueba de prevención.
En relación con el primer requisito de la prueba de prevención, el tribunal estima que las ideas incluidas en materiales con derechos de autor están amparadas por el mismo, si tales están fijados en un medio tangible, sin embargo, están excluidas del alcance de la protección federal de derechos de autor. El demandante argumenta que el demandado le debió abonar el dinero recibido por cada “uso, aplicación y explotación” de su trabajo en la comercialización y promoción de Woz U, pero el tribunal concluye que, dado que el trabajo del demandante incluye sus ideas y expresiones en medios tangibles, el segundo recurso estaría incluido dentro de los derechos de autor, y por lo tanto se cumpliría el primer requisito de la prueba de prevención.
El segundo requisito de la prueba de prevención requiere que el asunto objeto del recurso sea totalmente diferente cualitativamente a los derechos de autor. Por su parte, el demandante argumenta que se trata de un “acuerdo personal contractual, o implícitamente contractual” en vez de un “monopolio contra el mundo, como en los derechos de autor”. Sobre ello, el tribunal de apelación señala que una de las partes pudo desarrollar la propiedad basada en materiales con derechos de autor, y que, “aunque hubo un elemento adicional en la reclamación de enriquecimiento injusto que el demandante había presentado: una promesa implícita de no utilizar los materiales, basada en la relación existente entre las partes, este elemento no transformó la naturaleza de la acción de tal manera que el derecho reclamado fuera distinto de los proporcionados por la Ley”, y por lo tanto, los derechos reclamados no son distintos de los derechos de autor.
Por lo anteriormente expuesto, concluye que se aplican las disposiciones del derecho de autor al asunto, y confirma lo dictado en primera instancia por el Tribunal de Distrito de Arizona.
Fuentes: United States Court of Appeals for the Ninth Circuit (Reilly v. Wozniak – núm. D.C. 2:18-cv-03775-MTL).