El Departamento de Justicia de EEUU recomienda no retomar el caso Dancing baby
Miguel Ángel Aguayo Martínez.
La controversia comenzó el pasado año 2007 con la subida a YouTube de un contenido audiovisual, en el que se mostraba a un bebé bailando, mientras se reproducía de fondo la canción “Let´s go crazy” del artista Prince. Al tener conocimiento de ello, Universal Music Group (UMG) envió a YouTube una notificación de retira del video (“takedown notice”) de la plataforma por la infracción de derechos de autor de la canción del video.
En contraposición, el usuario volvió a subir nuevamente el vídeo, y bajo la representación de Electronic Frontier Foundation (EFF), emprendió acciones legales contra UMG al amparo delart. 512 (f) del Título 17 del Código de Estados Unidos (17 U.S. Code § 512), al considerar que el vídeo debía encontrarse amparado por el “fair use”. Este artículo atribuye la responsabilidad de los daños en los que hubiera incurrido el presunto infractor, a aquel que consciente y maliciosamente establezca que un material ha sido inhabilitado de una plataforma por error, o como en el presente caso, que el material/contenido estaba infringiendo derechos de autor.
Como consecuencia de lo anterior, el caso llegó a la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de EE.UU. (US Ninth Circuit Court of Appeal) que en susentencia consideró que UMG debería necesariamente considerar que el vídeo en cuestión, se encontraba amparado por el fair use, estimando los argumentos de EFF. Al respecto EFF, ya en supetición dirigida a la Corte Suprema de EE.UU. (US Supreme Court), estableció que a pesar de estimar el hecho de que los titulares han de considerar el fair use antes de enviar un takedown notice, emplear la decisión deRossi v. Motion Picture Ass’n of America Inc., que eximió de responsabilidad a un titular al considerar una actuación similar como un error, incluso a pesar de que su actuación no haya sido razonable, el hecho de eximir de responsabilidad a los titulares de derechos de autor, por el mero hecho de que cuenten con la creencia de que un material está infringiendo, con independencia de la razonabilidad de dicha creencia, limita en gran medida el fair use, y que por tanto, la Corte había dejado un amplio margen para que los titulares puedan eludir la responsabilidad del art. 512 (f).
Por su parte, la Corte Suprema de EE.UU. consultó al Abogado General (Solicitor general) su parecer sobre la controversia. En el informe proporcionado por este, recalca el hecho de que se requiere algo más que una conducta negligente para imponer las penas establecidas en el 512 (f) de la DMCA, tratándose, en definitiva, de una argumentación similar a la proporcionada por la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de EE.UU., y a la del Departamento de Justicia de EE.UU. (US. Department of Justice), que ha recomendado a la Corte Suprema de EE.UU. no retomar el caso.
Fuente: ARS TECHNICA, Music & Copyrights.