España: El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía inicia la tramitación del Anteproyecto de la Ley Andaluza del Flamenco
- 8 Oct, 2021
Silvia Pascua Vicente.
El 14 de septiembre de 2021, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía autorizó el inicio de tramitación del “Anteproyecto de la Ley Andaluza del Flamenco”, con el objeto de proteger, conservar y fomentar la difusión del flamenco como identidad de la cultura andaluza.
En este sentido, como informó la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, el anteproyecto de ley se desarrolla a través de 34 artículos y cuatro disposiciones adicionales, que contendrán el régimen jurídico aplicable al flamenco.
Al respecto, como recoge en el comunicado de prensa, el Gobierno de Andalucía, las Consejerías y las entidades locales deberán “fomentar, preservar, conservar, difundir y proteger el flamenco”, para ello, el capítulo segundo del título I prevé la creación de un Plan General Estratégico que determinará las acciones, prioridades y necesidades básicas del flamenco, mientras que el título II establece las previsiones sobre ordenación y planificación en materia de Flamenco.
Por otro lado, el título III del anteproyecto de ley regula la creación de un Registro Andaluz del Flamenco, dependiente de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, que tendrá carácter público, voluntario y gratuito. Este registro permitirá la publicidad, ordenación y conocimiento de los profesionales y las entidades que desarrollen actividades relacionadas con el flamenco.
Además, según lo dispuesto en el anteproyecto, el título IV señala que la Administración educativa deberá fomentar el conocimiento y presencia del flamenco, a través de la inclusión del contenido y el desarrollo de actividad durante la enseñanza no universitaria. En este sentido, se creará un Plan de Formación Anual dirigido a la formación del profesorado. Así mismo, también se fomentará el estudio del flamenco en el ámbito universitario y en el Espacio Europeo de Educación Superior, con el objeto de desarrollar una cátedra de flamencología.
Por último, el título V y título VI del anteproyecto de ley, se centran en la protección y difusión del flamenco, respectivamente.
Finalmente, cabe señalar, que el anteproyecto de ley no hace referencias a la protección por los derechos de propiedad intelectual de las creaciones artísticas surgidas en el marco del flamenco, tanto desde el punto de vista de los autores como de los artistas intérpretes o ejecutantes. Tampoco se hace mención a la protección de las obras coreográficas del flamenco, que por sus elementos originales es merecedora de protección, tal y como establece el Texto Refundido de la Propiedad Intelectual en sus arts. 1 y 10 entre otros.
El plazo para realizar alegaciones al “Anteproyecto de la Ley Andaluza del Flamenco” estará abierto hasta el 24 de octubre del año 2021.
Fuentes: Junta de Andalucía (El Consejo de Gobierno autoriza la tramitación del Anteproyecto de la Ley Andaluza del Flamenco), ABC Sevilla Cultura (Así es la nueva Ley del Flamenco de Andalucía punto por punto; Anteproyecto de Ley Andaluza del Flamenco).