EU: La EUIPO publica un informe compilatorio de las resoluciones judiciales en materia de propiedad intelectual
Silvia Pascua Vicente.
El 2 de junio de 2022, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) publicó el informe titulado “Jurisprudencia reciente sobre la infracción y la ejecución de derechos de propiedad intelectual” (Recent European case – law on the infringement and enforcement of intelectual property rights). El informe, divido en dos partes, realiza un recopilatorio de las resoluciones judiciales emitidas por los tribunales de los Estados miembros y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en materia de propiedad intelectual.
La primera parte del informe incluye una relación de las resoluciones judiciales más recientes en materia de propiedad intelectual. En este sentido, se incluye un análisis de la reciente decisión del TJUE – asunto 401/19 – sobre la anulación del art.17 de la Directiva (UE) 2019/790 sobre derechos de autor y derechos conexos en el mercado único digital.
En relación a lo anterior, como informó el Instituto Autor, la cuestión prejudicial fue planteada por la República de Polonia, señalando que el art.17 apartado 4 letra b) y c), al considerar que este artículo vulneraba el derecho a la libertad de expresión y de información garantizado en el art.11 de la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea. Al respecto, el TJUE determinó que “la obligación impuesta a los prestadores de servicios para compartir contenidos en línea de controlar los contenidos que los usuarios deseen cargar en sus plataformas previamente a su difusión al público, resultante del régimen de responsabilidad específico establecido por la Directiva, ha sido acompañada, por parte del legislador de la Unión, de garantías adecuadas para salvaguardar el respeto del derecho a la libertad de expresión y de información”. Asimismo, añade que los Estados miembros, en el momento de transponer la directiva, deberán realizar una interpretación del art.17 que garantice un justo equilibro entre los distintos derechos fundamentales.
Por otro lado, la segunda parte del informe, recopila las sentencias emitidas por los tribunales de los Estados miembros y el TJUE en los años 2018 y 2022, incluyendo diferentes materias sobre las decisiones, en relación al alcance de los derechos de explotación y derechos morales, la autorización y titularidad de los derechos, gestión colectiva, excepciones y límites.
En este sentido, en relación con las decisiones judiciales sobre el objeto de protección de la propiedad intelectual, encontramos la decisión del Juzgado de lo Mercantil nº8 de Barcelona sobre la titularidad de los derechos de autor de un formato de televisión. Por su parte, el tribunal señaló que un formato de televisión podrá tener la consideración de obra protegida, debiendo diferenciarse entre “las meras concepciones generales y lo que es la plasmación de las mismas, de modo pormenorizado y formalmente estructurado, dando lugar a una creación de cierta complejidad, mediante una actividad creativa”.
En esta categoría también se incluye, el fallo del Tribunal Supremo de España (Sala de lo Civil) de 16 de febrero de 2021, por la cual se rechazó la protección de una faena taurina por el derecho de la propiedad intelectual. A tal efecto, el juez establece la imposibilidad de identificar con precisión y objetividad en qué consiste la creación artística original del torero, la que no se le pueden reconocer los derechos exclusivos de una obra objeto de protección por la propiedad intelectual.
Por su parte, en el apartado dedicado a la remuneración equitativa, encontramos la sentencia del TJUE – asunto C147/19 –, en relación a la obligación de los usuarios de pagar una remuneración equitativa y única cuando se efectúe la comunicación pública de grabaciones audiovisuales que contengan la fijación de obras audiovisuales en las que se hayan incorporado fonogramas o reproducciones de dichos fonogramas.
A este respecto, el fallo determinó que “el artículo 8, apartado 2, de la Directiva 92/100 y el artículo 8, apartado 2, de la Directiva 2006/115 deben interpretarse en el sentido de que los usuarios no tienen que pagar la remuneración equitativa y única que contemplan ambas disposiciones cuando efectúen una comunicación pública de grabaciones audiovisuales que contengan la fijación de obras audiovisuales en las que se hayan incorporado fonogramas o reproducciones de dichos fonograma”.
Por último, señalar que, en el año 2021, la EUIPO publicó un informe compilatorio titulado “Estudio sobre las medidas cautelares de bloqueo dinámico en la Unión Europea” (Study on Dynamic blocking injunctions in European Union), con las sentencias de los tribunales de los Estados miembros respecto a las órdenes judiciales de bloqueo por la puesta a disposición al público de contenido protegido no autorizado.
Fuentes: EUIPO (Recent European case – law in the infrigement and enforcement of intelectual property rights), Instituto Autor (UE: El TJUE se pronuncia sobre la anulación del art.17 de la Directiva (UE) 2019/790 sobre derechos de autor y derechos conexos en el marcado único digital; España: Un Juzgado de lo Mercantil se pronuncia sobre la titularidad de los derechos de autor de un formato de televisión; España: El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la protección por el derecho de autor de las faenas taurinas; UE: El TJUE se pronuncia sobre la naturaleza jurídica de los fonogramas y su incorporación a obras audiovisuales; Unión Europea: La EUIPO publica un informe compilatorio de las órdenes de bloqueo en materia de propiedad intelectual).