Miguel Ángel Aguayo Martínez. Industrias Culturales/Música
El pasado día 26 de mayo de 2017, la plataforma de streaming “Spotify” acordó constituir un fondo de 43.5 millones de dólares, para prevenir una demanda colectiva por impago de derechos de autor. En concreto, la acción que se pretendía llevar a cabo incluía alegaciones que afirmaban que Spotify, no había abonado los correspondientes royalties a compositores de obras musicales que estaban disponibles en la plataforma de streaming.
La acción colectiva que pretendía llevarse a cabo surgió a raíz de dos demandas, laprimera de ellas, presentada el pasado día 28 de diciembre de 2015, reclamaba 150 millones de dólares como indemnización ante una supuesta infracción de copyright, y lasegunda, presentada el 8 de enero de 2016, reclamaba 200 millones por la misma circunstancia. A tenor de ambas demandas presentadas, ya en marzo de 2016, Spotify y la “National Music Publishers Association” (NMPA), alcanzaron unacuerdo para constituir un fondo de 30 millones de dólares de cara a satisfacer los royalties impagados de una serie de obras musicales porque Spotify no identificó adecuadamente a sus editores.
Este nuevo fondo de 43.5 millones de dólares, se constituye para compensar tanto a editores como compositores por lo se conoce como “mechanical royalties” (compensación por la creación de la copia de una canción). Aunque Spotify no vende ni distribuye formatos físicos, debe dicha compensación cuando transmite una copia de una canción a un usuario. Para comprender esta problemática, hay que destacar que cada grabación musical cuenta con dos elementos susceptibles de protección por el derecho de autor, el fonograma y la composición. Entidades como Spotify, que lo que distribuyen son copias de la grabación, obtienen el repertorio musical que ofrecen a los usuarios de distribuidores, a los que pagan exclusivamente por la grabación.
En lo relativo a la composición, esta clase de plataformas han de obtener una licencia para su utilización, o bien negociando directamente con el editor/titular o enviando un “Notice of Intent” (NOI) al editor/titular diciendo que tienen intención de usar la composición (30 días antes de lanzar la canción en el servicio), regulado en el 17 U.S.C. Section 115, en lugar de pagar directamente la tasa establecida por el Gobierno de EE.UU. Sin embargo, existen una serie de elementos que están interfiriendo en el correcto desempeño de este proceso. En primer lugar, la supuestafalta de pro actividad de Spotify y plataformas similares a la hora de determinar los titulares cuando la información no es fácilmente accesible, o la mayor dificultad a la hora de determinar estos royalties al no versar sobre formatos físicos, ya que en estos cuentan con unas tasas de 9,1 centavos por copia de canciones de cinco minutos o menos y 1,75 centavos por minuto o fracción de las canciones en cinco minutos. Mientras que hay cinco tipos de tarifas para grabaciones sonoras distribuidas a través de servicios de streaming mediante suscripción.
A modo de conclusión, Spotify ha manifestado su compromiso de cara a satisfacer los royalties pendientes.
Fuente: IPWatchdog, Billboard,Digital Music News