UE: El Parlamento Europeo analiza la relación entre la propiedad intelectual y los NFT
- 21 Nov, 2022
Ysidro Eduardo García Rodríguez.
El 18 de octubre de 2022, el Parlamento Europeo publicó el informe titulado “Derechos de propiedad intelectual y tecnología de registro de distribución con enfoque en las artes de los NFTs y tokens” (Intellectual Property Rights and Distributed Ledger Technology with a focus on art NFTs and tokenized physical artworks), en el que se aborda el impacto de los NFT en la propiedad intelectual.
El informe fue encargado por la Comisión de Asuntos Jurídicos y Civiles (Committee on Civil Legal Affairs – JURI) del Departamento Temático de Derechos de los Ciudadanos y Asuntos Constitucionales del Parlamento Europeo (European Parliament´s Policy Department for Citizens´ Rights and Constitutional Affairs). En particular, se compone de tres capítulos que reflexionan el objeto de estudio, del auge e importancia de los NFT en el sector artístico y cultural contemporáneo y los retos legislativos que enfrentan los Estados miembros de la Unión Europea para lograr una regulación pragmática y programática para su correcta aplicación en el mercado digital.
En relación a la noción de NFT — tokens o activos virtuales no fungibles —, el documento aclara que no hay una definición concreta; sin embargo, señala que puede describirse desde una perspectiva tripartita (legal, técnica y tecnológica). En primer lugar, representa un certificado de propiedad dentro de la tecnología blockchain, que se emplea para el soporte de las criptomonedas, y puede ser comprado, vendido o transferido a terceros. En segundo lugar, consiste en una combinación alfanumérica y datos encriptados que permite su individualización. Según el informe, esto se concretiza con el reciente desarrollo de un registro contable digital (data across multiple stores) que posibilita seguir el rastro y la validez de las transacciones realizadas en línea (distributed ledger technology).
En este sentido, el vínculo existente entre los NFT y la propiedad intelectual radica en la popularización del denominado “arte encriptado” (digital artwork), basado en la creación de obras de contenido digital. Por ejemplo, los tokens no fungibles parten de composiciones musicales, extractos de obras literarias u obras fotográficas, las cuales poseen un valor único en el mercado digital que puede ser canjeado, explotado o comercializado por sus titulares. Igualmente, el informe resalta que los NFT están asociados al desarrollo continuo de nuevas tecnologías, como el metaverso.
Continúa señalando el informe que los autores y artistas tienen mayores posibilidades para distribuir, promocionar y obtener remuneraciones económicas directas por sus obras a través de los NFT. Sin embargo, reconoce que, con la manipulación del sistema blockchain, el uso indebido del Internet y otras vías digitales, se proliferan las infracciones a los derechos de propiedad intelectual, como la puesta a disposición al público de contenido no autorizado o las reproducciones no autorizadas de obras originales.
Otra cuestión planteada en el informe es en relación al régimen jurídico aplicable a los NFT. Uno de los principales retos recae en la dificultad de disponer una normativa a nivel comunitario que armonice la aplicabilidad y el ejercicio de los NFT. No obstante, el informe aboga por la creación de condiciones o la adopción de directrices generales que permitan a los Estados miembros de la Unión Europea beneficiarse de las oportunidades tecnológicas y económicas que brindan los NFTs en el entorno digital. Además, concluye que este tipo de activo requiere regulaciones, no solo en propiedad intelectual, sino también en términos contractuales y tributarios que establezcan seguridad jurídica hacia los autores y artistas.
Por último, cabe señalar que el Instituto Autor publicó en julio de 2022 el estudio titulado “La fiebre de los NFT y sus implicaciones jurídicas”, del notario y abogado nicaragüense Nilton José Blandino López, ganador de la IX edición del Premio Antonio Delgado. En concreto, trata el ámbito jurídico de los activos virtuales no fungibles, tanto a nivel nacional como internacional, principalmente desde la óptica de los derechos de la propiedad intelectual.
Fuentes: Parlamento Europeo (Intellectual Property Rights and Distributed Ledger Technology with a focus on art NFTs and tokenized physical artworks), Instituto Autor (La fiebre de los NFT y sus implicaciones jurídicas).