Silvia Pascua Vicente. Derechos PI / Legislación
El Instituto Autor realiza un recopilatorio sobre la transposición de la Directiva 2019/790/UE, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital, aprobada el 26 de marzo del 2019 por el Parlamento Europeo y cuya fecha de transposición finalizó el 7 de junio.
Comoinformó el Instituto Autor, la Directiva 2019/790 incluye normas para mejorar las prácticas de concesiones de licencias en el mercado único digital, garantizando el acceso a los contenidos creativos y aclarando el marco jurídico aplicable a los prestadores de servicios de contenidos generados por los usuarios, tras la aprobación de la directiva deberán celebrar acuerdos de licencia “justos y adecuados” (artículo 17).
Además, la directiva reconoce un nuevo derecho a favor de los editores de prensa, garantizando una remuneración “justa y proporcionada” por la utilización de sus publicaciones (artículo 15), así como la aplicación de nuevas excepciones a los derechos de autor.
En este sentido, hasta la fecha solo 4 países (Países Bajos, Alemania, Hungría y Malta) han llevado a cabo la transposición de la directiva de forma completa a sus legislaciones nacionales. El primer país fue Países Bajos tras de la aprobación, en diciembre de 2020, del texto “Besluit van 18 december 2020 tot vaststelling van het tijdstip van inwerkingtreding van de Implementatiewet richtlijn auteursrecht in de digitale eengemaakte markt” con la excepción del artículo 19 que entrará en vigor a partir del 7 de junio de 2022.
Así mismo, en Hungría tras la transposición devarios artículos de forma individualizada, finalmente, el 28 de abril, el Parlamento (Hungarian Parliament)aprobó el texto legislativo que implementaba en la legislación nacional la Directiva 2019/790 y Directiva 2019/789.
Por su parte, el 28 de mayo de 2021, la Cámara Federal Alemana (Bundesrat), aprobó la “Ley para adaptar la Directiva de derechos de autor a los requisitos del mercado único digital” (Gesetz zur Anpassung des Urheberrechts an die Erfordernisse des digitalen Binnenmarktes). Y el 18 de junio, el Ministerio de Economía e Industria de Maltapublicó el decreto de implementación de las disposiciones de la directiva para la regulación de la Directiva 2019/790.
Sin embargo, por parte de Francia y Dinamarca, se ha llevado a cabo una transposición parcial de varios artículos de la Directiva. En lo que respecta a Francia, fue el primer país en reconocer los derechos afines a los editores de prensa a través de la transposición del artículo 15 de la Directiva, comoinformó el Instituto Autor. Posteriormente, en el 12 de mayo de 2021,aprobó la entrada en vigor de la Orden nº 2021-580 por la que transponen el apartado 6 del artículo 2 y los artículos 17 a 23 de la Directiva 2019/790.
Por su parte, el 7 de junio de 2021, el Ministerio de Cultura de Dinamarca (kulturministeriet) informó sobre la entrada en vigor de la Ley 205 por la que se modifica la ley de derechos de autor (Lov om ændring af lov om ophavsret) y transpone parte de la Directiva 2019/790/UE.
Tras la finalización del plazo de transposición, la Comisión Europearemitió una carta a los Estados Miembros para que informen sobre como están aplicando la Directiva 2019/790 en sus legislaciones nacionales.
De forma general, cabe señalar que Francia e Italia están pendiente de que la legislación sea adoptada. Mientras que por parte de Croacia, Estonia y Luxemburgo se encuentran en el Parlamento, y Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Chequia, Lituania, Rumania, Eslovaquia y Eslovenia los proyectos de ley están siendo sometidos a consultas públicas.
Por último, el resto de Estados miembros, entre los que se incluye España, aun no han comenzado con el proceso de transposición de la Directiva. Por su parte, en España, el subdirector General de Cooperación Cultura, en el marco del Congreso Nacional de Propiedad Intelectual,informó que se estaba llevando a cabo el desarrollo del “Anteproyecto de ley sobre los derechos de propiedad intelectual en el mercado único digital europeo”, con el objeto de transponer la Directiva 2019/790 y Directiva 2019/789.
Fuentes: Notion (DSM Directive Implementation Tracker), Instituto Autor (El DOUE publica las Directivas de derechos de autor en el mercado único digital y sobre determinadas transmisiones en línea de los organismos de radiodifusión;Hungría: Novedades sobre la implantación de la Directiva 2019/790 sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital;España: El Ministerio de Cultura y Deporte celebra el Congreso Nacional de Propiedad Intelectual,Unión Europea: Novedades sobre la transposición de la Directiva 2019/790/UE sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital,Unión Europea: La Comisión Europea remite una carta a los Estados miembros para que transponga la Directiva 2019/790/UE y Directiva 2019/789/UE).