Francia: Se presenta una proposición de ley para regular la inteligencia artificial en relación con los derechos de propiedad intelectual

  • 16 Nov, 2023
  • Silvia Pascua Vicente
FranciaInteligencia ArtificialPropiedad Intelectual

Francia: Se presenta una proposición de ley para regular la inteligencia artificial en relación con los derechos de propiedad intelectual

Silvia Pascua Vicente.

El 12 de septiembre de 2023, varios diputados del Parlamento de Francia presentaron la “Proposición de Ley nº1630 para regular la inteligencia artificial a través del derecho de autor” (Proposition de loi n°1630 visant à encadrer l’intelligence artificielle par le droit d’auteur).

El preámbulo de la proposición de ley destaca que el desarrollo de la Inteligencia Artificial (AI) ha supuesto un desafío económico, cultural y legal que requiere su regulación, con especial mención a la protección de los autores y artistas. Derivado de ello, el documento se refiere a la necesidad de un control estricto de la explotación de las obras generadas por la IA que permita la recaudación de una remuneración justa y equitativa por su explotación, permitiendo fomentar la innovación y promover la diversidad artística.

El primer artículo incluye una ampliación del art. 131.3 del Código de la Propiedad Intelectual (Code de la propiété intellectuelle) para incorporar la necesidad de autorización previa por parte de los autores o titulares de los derechos para la integración mediante software de inteligencia artificial de obras intelectuales protegidas.

Por su parte, el art.2 de la proposición de ley completa el art.321.2 del Código de la Propiedad Intelectual, estableciendo que los titulares de derechos de propiedad intelectual de una obra creada por inteligencia artificial sin intervención humana directa serán “los autores o titulares de derechos de las obras que permitieron diseñar dicha obra artificial”. Asimismo, encarga la gestión de estos derechos a las entidades de gestión colectiva, las cuales podrán cobrar una remuneración en nombre de los titulares de los derechos por la explotación de reproducciones de las obras.

En relación con el art.3 incorpora en el art.121.2 del Código de la Propiedad Intelectual la obligatoriedad de identificar con el texto “obra generada por IA” las obras que hayan sido creadas con un sistema de inteligencia artificial, así mismo, indica que habrá que hacer mención al nombre de los autores de las obras utilizadas para la creación de las obras.

Por último, el art.4 continúa complementando el art.121.2, señalando que en el supuesto que una obra sea generada por una herramienta de inteligencia artificial a partir de obras cuyo origen no puede determinarse, se creará una tasa destinada a promover la creación y será gestionado por el organismo encargado de la gestión colectiva. Así mismo, señalan que este impuesto, fijado mediante decreto del Consejo de Estado, será abonado por la empresa que opera el sistema de inteligencia artificial.

El Instituto Autor, ha venido informando sobre las últimas decisiones judiciales y desarrollos normativos vinculados con la inteligencia artificial. En este sentido, cabe destacar las resoluciones de la Oficina de Propiedad Intelectual de Estados Unidos (United States Copyright Office – USCO) y la sentencia del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia (United States District Court for the District of Columbia) que han reiterado que para que exista protección por el derecho de autor es requisito esencial que la obra haya sido creada por una persona humana. En el caso de España, recientemente se ha publicado el Real Decreto 729/2023 por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial y se ha presentado en el Congreso una “Proposición de Ley Orgánica de regulación de imágenes y voces de personas generadas por medio de la inteligencia artificial”.

 

Fuentes: Assemblée nationale (Propositionde loi nº1630 visant à encadrer l’intelligence artificielle par le droit d’auteur) Légifrance (Code de la propiété intellectuelle), Instituto Autor (EE.UU.: La Oficina de Derechos de Autor rechaza el registro de imágenes creadas con inteligencia artificial; EE.UU.: Un tribunal se pronuncia sobre la protección por el derecho de autor de una imagen creada con inteligencia artificial; España: Se publica el Real Decreto 729/2023 por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial; España: Se presenta en el Congreso una proposición de Ley Orgánica de regulación de las simulaciones de imágenes y voces de personas generadas por medio de la inteligencia artificial).

Volver arriba